El TSJA confirma la condena de 14 años de cárcel por la violación continuada de su hijastro de 8 años
La sentencia ratifica la pena de la Audiencia y da "plena veracidad" al testimonio del menor, que sufrió los abusos "todas las semanas" en la vivienda familiar
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de catorce años de prisión para M. A. C. V. por un delito continuado de agresión sexual con penetración contra el hijo de su pareja. Los abusos comenzaron en 2018, cuando el niño solo tenía 8 años, en la propia vivienda familiar.
La sentencia del alto tribunal andaluz, con fecha de 22 de octubre, desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y confirma íntegramente la sentencia que dictó la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería el pasado mes de febrero.
Junto a la pena de catorce años de cárcel, el fallo confirma la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 16 años, la inhabilitación para ejercer cualquier profesión con menores durante el mismo periodo, 6 años de inhabilitación de la patria potestad y una indemnización de 50.000 euros. Cuando cumpla la pena de prisión, se le impone una medida de 10 años de libertad vigilada.
La defensa de M. A. C. V. pedía la absolución y alegaba que se había vulnerado la presunción de inocencia. Sostenía que el testimonio del menor no era creíble y que presentaba contradicciones, asegurando que todo respondía a una "falsedad de la denuncia, promovida por la hermana de la supuesta víctima, movida por su enemistad y venganza" hacia él y la madre del niño.
Sin embargo, el TSJA rechaza de plano esta teoría, calificándola de "salto deductivo carente de consistencia". El tribunal, al igual que hizo la Audiencia de Almería, considera el testimonio del menor "convincente y veraz" y valora la prueba de forma "razonable y con detallada y clara motivación".
La Sala subraya que la declaración de la víctima, lejos de ser la única prueba, aparece "reforzado por otras vías probatorias". Entre ellas, destaca como fundamental la "grabación de la conversación" del 2 de mayo de 2020. Ese día, el niño, "entre sollozos", interrumpió una videollamada que su hermana mantenía con otro hermano y "reveló lo que le estaba ocurriendo".
Los hechos probados, ahora confirmados, detallan que los abusos comenzaron en septiembre de 2018. El acusado, "aprovechando la relación sentimental" con la madre, la convivencia y "la diferencia de edad, madurez y corpulencia", cometía las agresiones.
Según el fallo, "estos hechos ocurrían todas las semanas", siempre buscando momentos en que no estuvieran la madre o el hermano del niño, "en el colchón o en el sofá, en la piscina". Tras los abusos, el condenado amenazaba al menor y le decía "que no contara nada porque de hacerlo mataría a su madre y a su hermana".
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