El TSJA frena a la Universidad de Almería por convocar plazas sin exigir formación específica
El CPITIA ha mostrado en un comunicado su satisfacción por el fallo y ha subrayado que “respalda la necesidad de exigir formación rigurosa y específica”
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA) y ha anulado parte de una convocatoria de la Universidad de Almería (UAL) por no exigir formación específica en informática para optar a plazas técnicas vinculadas a sistemas y gestión informática.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Granada, considera que la convocatoria de 2022 para cubrir puestos en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la UAL vulneraba el principio de idoneidad al permitir el acceso con titulaciones genéricas -como cualquier grado universitario o cualquier ingeniería o arquitectura- sin requerir competencias concretas en informática.
En su sentencia, notificada el pasado 25 de julio, el tribunal subraya que los contenidos del temario exigido por la propia universidad demuestran un perfil técnico altamente especializado, por lo que “no basta con poseer una titulación superior sin más”, y exige justificar adecuadamente la relación entre las titulaciones admitidas y las funciones del puesto.
La Sala reconoce además que el Colegio Profesional recurrente estaba legitimado para presentar el recurso pese a no haber impugnado los actos de nombramiento de los aspirantes, al entender que lo relevante en este caso era el contenido de las bases de la convocatoria.
En esta línea, el TSJA cita doctrina reciente del Tribunal Supremo (TS) sobre la suficiencia de recurrir los actos preparatorios cuando el núcleo de la controversia se encuentra en ellos.
El fallo estima parcialmente el recurso del CPITIA, declara la nulidad del apartado relativo a los requisitos de titulación y establece que deben poder concurrir personas tituladas en Ingeniería Informática, grados equivalentes o aquellas titulaciones que acrediten de forma fehaciente los conocimientos y competencias necesarios para desarrollar las funciones técnicas del puesto.
Tras conocer la sentencia, el CPITIA ha presentado un escrito solicitando la corrección de un error material en el texto judicial, al considerar que el fallo menciona erróneamente la titulación de 'Ingeniero en Informática' cuando debía referirse a la de 'Ingeniero Técnico en Informática', que es la que ostentan sus colegiados.
Según el Colegio, esta confusión podría excluir a su colectivo de futuros procesos selectivos como el impugnado, pese a haber sido precisamente el que motivó el recurso estimado.
El CPITIA ha mostrado en un comunicado su satisfacción por el fallo y ha subrayado que “respalda la necesidad de exigir formación rigurosa y específica en el acceso al empleo público técnico”. Asimismo, ha instado a las universidades andaluzas a revisar sus criterios de selección para garantizar que el acceso a puestos tecnológicos se base en competencias profesionales verificables.
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