El TSJA rebaja por dilaciones indebidas la condena por agredir sexualmente a una menor en Adra
El tribunal reduce de once a diez años y medio de prisión la pena al considerar injustificado que el proceso durase más de seis años, pero avala íntegramente el testimonio de la víctima
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la defensa de un hombre condenado por abusar de una menor en la localidad almeriense de Adra, reduciendo su pena de once años a diez años, seis meses y un día de prisión. El motivo de esta rebaja es la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, al constatar que la tramitación de la causa se alargó de forma injustificada durante más de seis años.
Según recoge la sentencia, los episodios más graves tuvieron lugar a finales de agosto de 2018, cuando el acusado, de 33 años y pareja de una prima de la menor, aprovechó que la madre de la niña estaba trabajando para quedarse a solas con ella. El tribunal considera probado que el procesado obligó a la víctima, que contaba entonces con once años, a realizarle sexo oral en dos ocasiones distintas en el interior de un domicilio, advirtiéndole tras uno de los episodios que no contara nada a nadie. Asimismo, la resolución detalla que, con anterioridad, cuando la niña tenía unos diez años y se quedaba a dormir en la casa del acusado, este se introducía en su cama para realizarle tocamientos por debajo de la ropa.
A pesar de la reducción de la pena de cárcel vinculada estrictamente a los retrasos judiciales, el TSJA ha respaldado la credibilidad del testimonio de la menor, el cual viene avalado por informes periciales psicológicos que constatan el daño y el impacto sufrido a raíz de los hechos.
La resolución del TSJA mantiene vigentes el resto de las medidas y penas impuestas inicialmente por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería. Entre ellas se incluyen 16 años de prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, 10 años de libertad vigilada tras la salida de prisión y el abono de una indemnización de 30.000 euros.
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