"Te vas a enterar como te pille sola": condenada por amenazar a la 'ex' de su novio en plena calle
La Audiencia confirma la orden de alejamiento para una vecina de las Alpujarras que alegó haber sufrido un ictus para justificar su ausencia en el juicio, pero no aportó ningún parte médico
El Consultivo reparte la culpa entre el Ayuntamiento de Almería y un ciclista que cayó en un bache
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado una condena por amenazas continuadas contra una vecina de las Alpujarras que convirtió los encuentros casuales con la expareja de su actual novio en episodios de intimidación. El tribunal ha confirmado la pena de dos meses de multa y una orden de alejamiento de seis meses para la acusada, rechazando su recurso de apelación al no probar la supuesta enfermedad grave que le impidió acudir al juzgado.
El origen del conflicto reside en las relaciones personales de las implicadas. Según declara probado la sentencia, la condenada es la actual pareja de la expareja de la víctima, lo que ha generado un clima de tensión constante entre ambas vecinas. El fallo relata que, de forma frecuente, cuando la acusada se cruza con la denunciante por las calles del municipio, le lanza advertencias como "te vas a enterar, te vas a enterar como te pille sola", además de proferir insultos y realizar gestos desafiantes.
Esta conducta reiterada llevó al Juzgado de Instrucción nº 2 de Berja a condenarla en mayo de 2025, imponiéndole una multa de 240 euros y la prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio o a su lugar de trabajo a menos de 100 metros.
La coartada del ictus sin papeles
La defensa recurrió a la Audiencia Provincial solicitando la nulidad del juicio por indefensión. Argumentó que su clienta no se presentó a la vista oral porque sufrió una indisposición repentina y que, apenas 48 horas después, tuvo que ser ingresada de urgencia por un ictus.
Sin embargo, la magistrada de la Audiencia ha desestimado el recurso por falta de pruebas. La sentencia destaca que la recurrente "no aporta documento alguno" que certifique ni la indisposición del día del juicio ni el supuesto ingreso hospitalario posterior. Al no existir ningún informe médico que respalde sus afirmaciones, el tribunal concluye que su ausencia fue voluntaria y confirma íntegramente la condena.
Temas relacionados
No hay comentarios