El Gobierno modifica el sistema para reconocer a las OPFH y el funcionamiento de los programas operativos
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de modificación de los Reales Decretos sobre reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas y sobre fondos y programas operativos, con el fin de incorporar a la normativa española las modificaciones de las medidas aprobadas en el marco de la reforma de la PAC.
Entre los cambios introducidos en la normativa comunitaria, están las condiciones en que una organización de productores puede externalizar sus actividades, el establecimiento de medidas para evitar el abuso de poder o influencia por parte de uno o varios de sus miembros, las penalizaciones que deben imponerse en caso de inobservancia de los criterios de reconocimiento y las condiciones en que las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas puedan constituir un fondo operativo.
En consecuencia estos cambios se han incorporado a la normativa nacional. El nuevo Real Decreto consta de dos artículos. En el artículo 1 se incluyen las modificaciones del Real Decreto 1972/2008 de 28 de noviembre, sobre reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
Entre los principales cambios cabe destacar una nueva regulación sobre el control democrático de las organizaciones de productores, incorporando un porcentaje máximo en el capital social que un miembro puede detentar, no pudiendo superar el 49% y la vinculación entre los socios, personas físicas o jurídicas, a efectos de cumplir los limites de derecho de voto y de capital social.
Destacan los cambios realizados en la regulación de la externalización de actividades por parte de la organización y la reducción del periodo mínimo de adhesión a un año en determinadas condiciones. Se mantienen los mínimos actuales sobre el número mínimo de miembros y el valor mínimo de producción comercializable exigidos para el reconocimiento.
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