Los barcos marisqueros ya pueden capturar otras especies de pescado

Desde el 6 de marzo ha entrado en vigor el decreto de la Junta que modifica la normativa anterior También ha variado la definición y características de las embarcaciones de este tipo

Flota pesquera amarrada en el puerto de la capital almeriense.
Lorenzo Robles

14 de marzo 2015 - 01:00

Desde el 6 de marzo está en vigor el decreto aprobado por la Junta de Andalucía que regula el marisqueo en el litoral de la comunidad autónoma y que supone una modificación respecto de la normativa vigente desde el año 2010. La principal variación que introduce este decreto es que incluye en este tipo de pesca la captura desde embarcación de todas las especies de moluscos, crustáceos e invertebrados marinos, y no sólo la de bivalvos, como estaba establecido hasta ahora.

La medida beneficiará a las 528 embarcaciones de pesca artesanal que faenan en los caladeros del Golfo de Cádiz (271) y del Mediterráneo (257), en las que trabajan más de un millar de marineros. Su volumen anual de capturas se sitúa en torno a las 7.700 toneladas, de las que 6.200 corresponden a moluscos bivalvos y las 1.500 restantes son las que ahora se incorporan a la regulación, con el pulpo como especie más destacada. El cambio normativo consiste básicamente en ampliar la definición de embarcación marisquera, actualmente restringida a la que utiliza artes de rastro remolcado y dragas hidráulicas para la captura de especies como la coquina, la chirla, la almeja o el corruco.

A partir de ahora se incluye también la pesca con artes trampa, como las nasas o alcatruces, y con artes de anzuelo como los chivos o poteras, utilizadas todas ellas para la captura del pulpo, la langosta, el bogavante o la nécora, entre otros moluscos y crustáceos. Además, se establecerá una lista de especies autorizadas para cada modalidad.

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