Tres meses de prisión para el ex presidente de Rambla Morales

García Pardo es condenado por un delito de estafa junto a dos empleadas de la comunidad

Antonio García Pardo fue presidente de la comunidad hasta el 31 de octubre de 2008.
Carmen Fenoy

17 de diciembre 2014 - 01:00

El Juzgado de Instrucción número 6 de Almería condena al ex presidente de la Comunidad de Regantes Rambla Morales, Antonio García Pardo, y a dos empleadas, como autores de un delito de estafa, a la pena, para cada uno de ellos, "de tres meses de prisión y la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas e indemnización a la comunidad por los perjuicios que se le puedan causar por los despidos concertados entre los acusados", tal y como reza en la sentencia, después de que el pasado 17 de noviembre se celebrara el juicio en forma oral y pública.

Los hechos se remontan a 2008. Cuando, de acuerdo al relato de los hechos probados, Antonio García Pardo, tras no ser renovado en su cargo de presidente o previendo que no resultaría reelegido, pues se celebró asamblea extraordinaria de la comunidad para celebrar elecciones, siempre antes del 3 de noviembre de ese ejercicio, acordó con las dos únicas empleadas con contrato laboral indefinido de la comunidad de regantes, y a quienes había incrementado sus retribuciones a finales de septiembre ,concederles un despido improcedente para que cobraran la correspondiente indemnización económica en perjuicio de la comunidad, cuando no existía causa para dicho despido "más allá del deseo de las dos trabajadoras de cobrar la indemnización". Según la sentencia, García Pardo, sin tener atribuciones para efectuar despidos de trabajadores, pues era competencia de la Junta de Gobierno, junto a las otras dos acusadas redactó los documentos en los que hizo constar la fecha de 13 de octubre de aviso de despido de ambas trabajadoras, con idéntico contenido, en el que se hacía constar que con fecha de 31 de octubre de 2008 "finalizaba el contrato de trabajo con la comunidad de regantes y, en nombre de ella y en su perjuicio, reconocía la improcedencia del despido y comprometía la indemnización correspondiente de 45 días por año trabajado. No se expresaba en el documento ninguna causa para el despido. Ninguno de los tres acusados comunicó este despido a ningún órgano o miembro de la comunidad y no se hizo constar esta decisión en ningún documento que obrara en las dependencias de la comunidad".

Tal y como apunta el relato de los hechos, el 3 de noviembre, cuando ya no era García Pardo presidente solicitó a la gestoría la documentación correspondiente a los despidos de las dos trabajadoras, redactando ese mismo día un documento que fechó el 31 de octubre de 2008 y que firmó como presidente cuando ya no lo era. Ese mismo día los tres acusados acudieron a la gestoría quien les entregó la documentación solicitada.

Las dos empleadas acusadas interpusieron papeletas de conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación reclamando 46.078 y 15.568 euros, correspondientes a la indemnización por despido improcedente atendiendo a la antigüedad de los correspondientes contratos de trabajo. También interpusieron una demanda ante el Juzgado de los Social, cuya tramitación se suspendió a resultas de este proceso que ahora se ha fallado.

Según la sentencia, no consta que la comunidad haya abonado estas cantidades.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último