Aprueba la inclusión de ‘Las Canales’ y ‘Los Canjorros’, de Padules, en el inventario

También incluye el ‘Paseo de Los Baños’. La necesidad de un registro oficial de caminos del dominio publico municipal viene dado por la transformación del medio rural, despoblación y olvido”

Aprueba la inclusión de ‘Las Canales’ y ‘Los Canjorros’, de Padules, en el inventario
Redacción

06 de agosto 2022 - 10:16

Antonio Gutiérrez Romero, en su condición de Alcalde del Ayuntamiento de Padules, ha hecho pública una resolución de Alcaldía y certificación de acuerdo de Pleno por la que se pone en conocimiento de la legalización e inclusión en el inventario de caminos municipales de “Las Canales”, camino de “Los Canjorros “y la Calle “Paseo de Los Baños”, de conformidad con el estudio topográfico realizado por el Área de Fomento, Medio Ambiente y Agua de la Diputación de Almería.

Este acuerdo plenario, adoptado por unanimidad en sesión celebrada el pasado 27 de julio, se somete a exposición pública durante un mes y pasará a ser definitivo si no se presentan reclamaciones contra el mismo. Los Canjorros y Las Canales son uno de los atractivos de Padules. La peculiaridad de este encajonado espacio natural le ha valido que sean reconocidos como Monumento Natural por la Junta de Andalucía y es uno de los lugares con más encanto y tirón popular de la localidad y de la Sierra de Gádor.

El inventario de caminos municipales es un registro administrativo que identifica y describe los caminos públicos de uso público de titularidad municipal. La elaboración del inventario de caminos en el inventario de bienes de dominio público de uso público es una obligación legal del municipio, ya que así lo establece el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Su artículo 17 establece que “las Corporaciones locales están obligadas a formar inventario de todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición. Con sujeción a las normas contenidas en esta sección, se formarán inventarios separados de los bienes y derechos pertenecientes a entidades con personalidad propia y dependientes de las Corporaciones locales”.

El hecho de disponer de un inventario de caminos públicos es “relevante en diferentes ámbitos: gestión y mejora de la movilidad local, protección y defensa del dominio público, conservación y promoción del patrimonio cultural, potenciación de alternativas de desarrollo local en el ámbito del ocio y el turismo”.

El inventario informa al Ayuntamiento sobre la extensión y las características de la red de caminos municipales. De esta manera, el inventario proporciona una seguridad jurídica al Ayuntamiento, los vecinos y los propietarios del término municipal, al delimitar claramente un marco recíproco de derechos y obligaciones. Esto facilita de rebote el despliegue y el ejercicio de las competencias, potestades y obligaciones legales que tiene el Municipio en el ámbito de la gestión los caminos y la ordenación de la movilidad rural (mantenimiento, mejora y señalización de caminos, la policía de caminos rurales, concesión de licencias...”.

“Las transformaciones aceleradas que experimenta el medio rural y “entre éstas la despoblación y el olvido de la tradición, con la desaparición del conocimiento de los viejos caminos que tenían nuestros abuelos, hace más punzante la necesidad de disponer de un registro oficial de los caminos que comprende el dominio público municipal”, se recoge en la exposición de motivos.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último