Roquetas de Mar aprueba la modificación del impuesto de plusvalías
Poniente
Las arcas municipal ingresarán menos por este concepto “pero nuestro deber es adaptar esta ordenanza al Real Decreto” dice el alcalde Gabriel Amat
El Pleno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, celebrado ayer, aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana-el impuesto de plusvalías- con los votos del PP y dos concejales no adscritos, la abstención del PSOE y la oposición de Vox, Ciudadanos y IUTDEQ.
El alcalde de Roquetas de Mar, Gabriel Amat, ha señalado que esta modificación da cumplimiento a la disposición transitoria del Real Decreto 26/2021 que recoge el deber de los Ayuntamientos de adaptar sus Ordenanzas Fiscales en un plazo de seis meses. Es decir, antes del 10 de mayo de 2022.
“Respeto la opinión de todos los grupos políticos, pero es nuestra obligación adaptar esta ordenanza y no se puede confundir a la opinión pública porque además el Ayuntamiento va a recaudar menos dinero”, subraya.
El concejal de Gestión Tributaria, Antonio López, explica que la determinación de la base imponible del impuesto es la principal novedad de esta modificación. Señala que, según el informe técnico, el decremento de la recaudación es del 22,50% y supone una disminución por 607. 600 euros respecto a lo previsto para el ejercicio de 2022.
“Se ha optado por subir el tipo impositivo un 3% frente a la bajada del coeficiente catastral del -22,50% lo que significa que el Ayuntamiento va a recibir menos dinero de lo previsto para que los contribuyentes puedan tener más dinero en su bolsillo. A sabiendas que vamos a ingresar menos del previsto (en torno a 300.000 euros como mínimo siempre que los sujetos pasivos no elijan el método directo de liquidación) no vamos a aplicar el tipo máximo del 30% y nos plantamos en el 23%”, ha destacado.
Entre las novedades, destaca la introducción de un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en los que no haya incremento del valor de los terrenos e igualmente para los casos que aún, habiendo beneficio económico, si dicho beneficio es inferior al impuesto que hubiera que abonarse, tampoco se abonaría nada por parte del sujeto pasivo.
Además, podrán beneficiarse de la declaración de inconstitucionalidad los contribuyentes que, a fecha de 26 de octubre de 2021, recurrieron o solicitaron rectificación y, aún están esperando respuesta. Se establece dos métodos para el cálculo de la base imponible de la plusvalía. Además, pasan a ser gravadas las plusvalías con menos de un año: el primer mes nunca tributará y, a partir de un mes y un día, se cobrará fraccionadamente por meses completos .liquidación por lo que se mejora el control y la eficiencia en la gestión tributaria.
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