El Acebuche asegura que las visitas de Enciso son las mismas que para el resto

El director de la prisión asegura que "Enciso no tiene ningún tipo de privilegios sobre los demás"

El director de El Acebuche, Miguel de la Cruz.
O. Lezameta / Almería

15 de diciembre 2009 - 05:01

Miguel de la Cruz, director del centro penitenciario de El Acebuche, aseguró ayer a preguntas de Diario de Almería, que el todavía alcalde de El Ejido, Juan Enciso, no goza de "ningún beneficio" penitenciario respecto al resto de internos que cumplen su condena o están a la espera de juicio en dicha prisión, tanto en lo que refiere a su régimen de visitas como a ninguna de los aspectos que rigen su vida desde que ingresara en el mismo el pasado día 23 de octubre.

El responsable de la prisión almeriense quiso detallar que "Enciso, como el resto de los internos tiene derecho a diez llamadas se teléfono semanales de cinco minutos como máximos, aunque no son acumulables, es decir que se suman diez aunque no gaste esos cinco minutos de que dispone en cada una de ella".

En cuanto al régimen de visitas, a pesar de que no quiso entrar en la identidad de las personas que han visitado al aún alcalde de la localidad (el único que ha reconocido haberle visitado para tratar de los puntos que se iban a debatir en el pleno o en la junta de Gobierno de la localidad ha sido el alcalde accidental de El Ejido, Ignacio Berenguel), sí que detalló que Enciso "dispone de dos comunicaciones orales de 20 minutos cada una de ellas; estas se realizan a través de un cristal, sin contacto físico y están limitadas a un número máximo de 4 personas, que pueden ser familiares o amigos del interno".

Además, hay que añadir "una comunicación más al mes de una hora y media de duración en la que se permite el contacto físico de manera exclusiva con familiares y allegados; esta se lleva a cabo en una sala amplia con grupos de familiares que la comparten".

Por último, una vez al mes se tiene derecho a una comunicación "íntima, lo que se conoce popularmente como vis a vis, que se lleva a cabo de manera exclusiva con el esposo, la esposa".

Por supuesto que "al margen quedan las comunicaciones con su abogado, que no tienen más límite que el letrado las solicite, que sea él su representante legal y que esté colegiado y habilitado para ejercer dicha defensa. Su número es tan numeroso como el preso y su representante estimen oportuno".

A este régimen de visitas se puede añadir alguna comunicación más, pero siempre "que el interno lo justifique de manera muy motivada, por ejemplo que se trate de la enfermedad de un familiar muy cercano, o la muerte de alguno de ellos; entonces sí que se estudiaría y se tomaría una decisión sobre autorizarla o no". Miguel de la Cruz quiso, por último garantizar que "ni Enciso, ni ningún preso tiene ningún privilegio por encima del resto; todo se hace de acuerdo al reglamento penitenciario, nada más".

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