Carpetazo al 'Caso Roquetas', abierto desde hace cinco años
El Tribunal Constitucional ha cerrado de forma definitiva el proceso penal tras no admitir el recurso de amparo del principal acusado, el teniente de la Guardia Civil José Manuel Rivas
El Tribunal Constitucional (TC) ha cerrado de forma definitiva el proceso penal del Caso Roquetas abierto desde el año 2005, cuando falleció el agricultor Juan Martínez Galdeano en el cuartel de la Guardia Civil de Roquetas de Mar. La inadmisión a trámite del recurso de amparo presentado por la defensa del principal procesado en la causa, el teniente de la Guardia Civil José Manuel Rivas, da carpetazo a un proceso panel abierto desde hace cinco años.
El Constitucional ha acordado no dar inicio a las actuaciones ya que estima que la defensa de Rivas debió plantear primero un incidente de nulidad del procedimiento y agotar los recursos en la vía judicial si quería impugnar el fallo del Tribunal Supremo, que condenó al teniente a un año de prisión e inhabilitación especial como autor de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte.
La decisión no ha sido recurrida ni por el fiscal ni por el abogado defensor del agente, así como tampoco han elevado escritos para solicitar la nulidad de las actuaciones que se incoaron contra ocho guardias civiles destinados en el acuartelamiento de Roquetas y que se han saldado con penas de un mes y medio de multa a razón de 12 euros al día para María José S. P., y José Antonio M. F. (ambos debían indemnizar además a la viuda y al hijo de la víctima con 701 euros), y la absolución del resto de los procesados en la causa.
Después de prorrogar hasta en dos ocasiones el plazo para emitir la sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó de 15 meses a un año la pena de cárcel impuesta por la jueza Társila Martínez, de la Audiencia Provincial de Almería, al teniente José Manuel Rivas.
El Supremo considera que los hechos "no podían ser calificados como un atentado contra la integridad moral sino como una imprudencia grave con resultado de muerte". El fiscal presentó un recurso de casación ante el primer fallo e interesó en la vista oral celebrada en marzo de 2007 la condena por homicidio imprudente, lesiones y atentado grave contra la integridad moral.
El Alto Tribunal achacó la responsabilidad de la muerte de Martínez Galdeano al que entonces era el mando del cuartel, quien, según subraya, "no tuvo previsibilidad del riesgo que suponían las maniobras de reducción aplicadas sobre la víctima" cuando desarrolló lo que los forenses denominaron "un cuadro de delirio agitado derivado del consumo de sustancias estupefacientes", entre ellos cocaína.
El fallo impuso al teniente José Manuel Rivas el abono en concepto de indemnización de 60.000 euros a favor de la viuda y 25.000 euros para el hijo ya que "sólo actuó como simple elemento de coadyuvante del resultado mortal", cuya causa principal "no fue otra que el padecimiento por parte de la víctima de ingesta de cocaína y alcohol".
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