Un abogado almeriense logra la absolución de un acusado de pilotar una patera en Águilas

La Audiencia Provincial de Murcia exonera a A. T. al no quedar probado que patroneara la embarcación con más de 20 migrantes

Denuncian al alcalde de Tíjola por un presunto entramado de corrupción urbanística y societaria

Una patera intervenida en Almería en una fotografía de archivo. / Diario de Almería

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha dictado una sentencia absolutoria para A. T., detenido el 12 de febrero tras la llegada de una patera a la costa de Águilas. El tribunal concluye que no existe ninguna prueba que permita afirmar que el joven participara en el pilotaje de la embarcación, una acusación por la que la Fiscalía solicitaba siete años de prisión.

El fallo, fechado el 21 de noviembre de 2025, destaca que A. T. viajaba en la embarcación, pero no consta que asumiera tareas de navegación, ni como patrón ni como asistente. Los magistrados señalan que la causa carecía de pruebas directas —ni testigos, ni identificación clara por parte de los agentes, ni rastro alguno en la lancha— y que las hipótesis alternativas planteadas por la defensa no podían descartarse.

La defensa estuvo dirigida por el letrado almeriense José Miguel Ramos Martínez, cuya intervención resultó determinante en la absolución. El tribunal subraya que la versión exculpatoria del acusado —que no pudo desembarcar en el primer punto por un fuerte golpe en la pierna y la cabeza— es coherente con la asistencia médica, con la ropa clara que llevaba puesta (distinta a la de los presuntos patrones) y con la declaración de un familiar que aseguró que la familia había reunido dinero para pagar el pasaje.

Críticas implícitas a la investigación

La sentencia dedica un apartado a señalar que no se tomaron declaraciones a ninguno de los más de veinte ocupantes de la patera, ni se realizaron diligencias como la búsqueda de huellas en la embarcación o la extracción de datos del móvil intervenido. El tribunal recuerda que era la acusación quien debía acreditar los hechos “más allá de toda duda razonable”.

Tras la absolución, la Audiencia acuerda la inmediata puesta en libertad de A. T. y deja sin efecto todas las medidas cautelares. La resolución es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

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