La mirada zurda
Antonio Guerrero
¿Puede una IA tener conciencia?
La batalla legal por la descontaminación de Palomares suma un nuevo capítulo. La Audiencia Nacional ha admitido a trámite los recursos de reposición presentados tanto por Ecologistas en Acción como por la Abogacía del Estado contra el auto judicial que resolvía parcialmente la admisión de pruebas en el procedimiento sobre los residuos radiactivos que siguen esparcidos en esta pedanía de Cuevas del Almanzora.
Una diligencia firmada el 4 de julio por la letrada de la Administración de Justicia acuerda dar cinco días de plazo a las partes para que se pronuncien sobre ambos recursos. Lo que está en juego es si podrán declarar expertos clave y si se podrá incorporar el contenido completo del Plan de Rehabilitación de Palomares (PRP), piedra angular del litigio.
Ecologistas en Acción sostiene que el auto del pasado 25 de junio les deja en situación de indefensión y vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva. En su recurso, denuncian que ni siquiera se menciona una de sus principales pruebas: el requerimiento al CIEMAT del PRP aprobado, según defienden, por el pleno del Consejo de Seguridad Nuclear el 5 de mayo de 2010. Alegan que en el expediente administrativo solo consta una versión preliminar y que el desarrollo posterior del plan, ya no clasificado, ha sido ignorado.
Además, critican que no se haya admitido la declaración como perito de Carlos Sancho Llerandi, científico del CIEMAT y autor del plan. Consideran que su testimonio es imprescindible para aclarar el criterio radiológico vigente en Palomares, que Ecologistas cifra en 1 mSv/año frente al 0,1 mSv/año que defiende el Estado. También le atribuyen conocimiento sobre si el PRP se ha finalizado y si sigue vigente el informe de 2013 que él mismo firmó.
La federación ecologista reclama también la comparecencia de Nieves Sánchez Guitian, presidenta de ASTECSN y del Colegio de Geólogos, para explicar un documento en el que alertaba sobre la necesidad urgente de embidonar los residuos y establecer un almacén temporal. Desde entonces –afirman– la situación ha cambiado, con señales de que Estados Unidos podría aceptar hacerse cargo del material radiactivo.
El recurso insiste, además, en la relevancia de los testimonios del consejero del CSN Francisco Castejón Magaña, para describir los efectos actuales de la radiactividad y la transformación del plutonio en americio, y del exalcalde de Cuevas y actual senador Jesús Caicedo, conocedor del impacto social, agrícola y turístico del problema, así como de las gestiones diplomáticas con Estados Unidos.
La Abogacía del Estado, por su parte, lanza un ataque frontal. En su recurso, acusa a Ecologistas en Acción de vulnerar el artículo 60.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por no haber identificado los hechos objeto de prueba ni vincularlos a los medios propuestos. La demanda –sostienen– está plagada de omisiones procesales que impiden valorar la relevancia o pertinencia de las pruebas.
Además, desmontan la narrativa del PRP aprobado. Según el Estado, el Consejo de Seguridad Nuclear nunca aprobó ningún plan definitivo, sino que se limitó en 2010 a emitir un informe sobre una propuesta preliminar, a la que exigió mejoras que nunca llegaron. Por tanto, insisten, hablar de un PRP con valor jurídico es "manifiestamente falso".
El abogado del Estado también arremete contra las pruebas periciales admitidas por la Sala. Afirma que Carlos Sancho Llerandi y Nieves Sánchez Guitian no han emitido dictámenes periciales válidos conforme a la ley, sino que simplemente se les pretende hacer declarar sobre documentos antiguos o privados. De hecho, señala que en el caso de Guitian ni siquiera hay informe pericial, sino una opinión expresada en una respuesta parlamentaria.
Para la Abogacía, se trata de pruebas que no cumplen los requisitos del artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y que deben ser inadmitidas por haberse presentado “sin rigor, sin hechos que probar y sin base jurídica”.
Ambos recursos serán resueltos por la misma Sección de la Audiencia Nacional que dictó el auto original. La decisión que adopte marcará el rumbo del juicio y determinará si las alegaciones de Ecologistas podrán apoyarse en una prueba más robusta o si, como pretende el Estado, el caso se limitará a los documentos ya obrantes en el expediente.
Mientras tanto, los terrenos contaminados por el accidente nuclear de 1966 siguen sin limpiar.
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