"De la cárcel se sale, del cementerio no": ratifican la condena al hombre que atropelló a sus exsuegros en Berja
El Alto Tribunal andaluz desestima el recurso de Víctor Manuel G. F. y confirma los 17 años y medio de prisión por intentar acabar con la vida de los padres de su expareja
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La Justicia ha vuelto a dar la razón a las víctimas del brutal atropello intencionado ocurrido en Berja hace casi tres años. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Víctor Manuel G. F. y ha confirmado íntegramente la sentencia que lo condena a 17 años y 6 meses de prisión por intentar matar a sus exsuegros. El Alto Tribunal considera probado que el acusado actuó con un claro ánimo de matar, utilizando su vehículo como un arma mortal en un recinto cerrado del que las víctimas no podían escapar.
La sentencia, fechada el pasado 4 de febrero y a la que ha tenido acceso Diario de Almería, ratifica el relato de terror vivido por los abuelos del hijo del acusado el 18 de marzo de 2023. El tribunal considera que Víctor Manuel G. F. planeó el ataque, esperando en su coche, un Nissan Qashqai, en las inmediaciones de la calle Gaudí de Berja hasta ver aparecer a los padres de su expareja, con quien mantenía una tensa relación debido al régimen de visitas del menor.
El relato de hechos probados es estremecedor. Cuando el matrimonio entró a pie en el garaje comunitario para recoger unos enseres, el acusado irrumpió con el vehículo. Aceleró de forma sorpresiva contra su exsuegro, que esperaba junto a la entrada, y lo empotró contra un pilar de hormigón. El ataque fue tan repentino que se ha calificado como asesinato en grado de tentativa (10 años de prisión) al apreciar alevosía, ya que la víctima no tuvo ninguna oportunidad de defensa.
Acto seguido, lejos de detenerse, dirigió el coche contra su exsuegra, que subía la rampa para socorrer a su marido. A ella la embistió con igual violencia, constituyendo un delito de homicidio en grado de tentativa (7 años y medio de prisión). Lo que convierte este caso en un intento de ejecución y no en un accidente, según los magistrados, es la conducta del procesado durante y después del impacto. Mientras los arrollaba, les gritaba: "Si me quitan a mi hijo, los voy a matar" y la lapidaria frase: "De la cárcel se sale, pero del cementerio no".
Intento de remate frustrado
El TSJA destaca la persistencia en la incriminación y la verosimilitud del testimonio de las víctimas, corroborado por testigos y pruebas forenses. El fallo subraya que, tras el primer impacto, Víctor Manuel G. F. dio marcha atrás con la intención de volver a pasar por encima de los cuerpos, que yacían malheridos en el suelo. Solo la aparición providencial de un vecino, que se colocó delante del vehículo y le ordenó que se marchara, evitó un desenlace fatal.
Las consecuencias físicas para las víctimas fueron devastadoras. La mujer sufrió fracturas en la pelvis y el sacro, tardando 303 días en curar. El hombre se llevó la peor parte, con fracturas múltiples en la pelvis, fémur, tibia, peroné y rotura de uretra, lesiones que requirieron 362 días de recuperación y le han dejado secuelas valoradas en 73 puntos. Por ello, el acusado deberá indemnizarles con un total de 332.150 euros.
Sin atenuantes psíquicos
La defensa intentó argumentar en su recurso que no había intención de matar, sino de lesionar, y que el acusado actuó bajo los efectos de un trastorno mental y el consumo de drogas. El TSJA ha rechazado tajantemente estos argumentos. Los magistrados señalan que el uso de un todoterreno en un espacio angosto revela una capacidad letal evidente y que el comportamiento del acusado —huir del lugar sin prestar auxilio y amenazar de muerte— es incompatible con una simple imprudencia.
Respecto a su estado mental, aunque constaba un historial de consumo de tóxicos meses antes, el día de los hechos dio negativo en alcoholemia y no mostró síntomas de anulación de sus facultades cognitivas. El tribunal concluye que Víctor Manuel G. F. comprendía perfectamente la ilicitud de sus actos. El condenado, que permanece en prisión provisional desde marzo de 2023, verá ahora cómo su condena se hace firme, salvo que decida recurrir en casación al Supremo, una vía con escaso recorrido dados los hechos probados.
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