Condenado a prisión en Almería por llevarse el mobiliario de un piso en el que vivía de alquiler

Sucesos

El hombre también deberá abonar casi 7.000 euros por apropiarse de varios muebles y electrodomésticos

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Audiencia Provincial de Almería.
Efe

17 de agosto 2025 - 12:46

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un hombre a seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida por la desaparición del mobiliario y electrodomésticos de una vivienda arrendada, valorados pericialmente en 6.742 euros. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, impone además la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, el pago de las costas e indemnización al propietario por el importe tasado, con intereses legales.

El tribunal declara probado que el acusado alquiló la vivienda el 1 de mayo de 2016 y dejó de pagar varias mensualidades. En el procedimiento civil de desahucio se dictó sentencia el 17 de junio de 2019 y el lanzamiento se practicó el 5 de septiembre de 2019. Recuperada la posesión, el propietario y la comisión judicial accedieron con cerrajero: la puerta no presentaba signos de forzamiento y se constató la ausencia del mobiliario inventariado y de varios electrodomésticos, incluso el termo eléctrico.

La Fiscalía calificó los hechos como apropiación indebida y, alternativamente, como hurto, y solicitó un año de prisión, costas e indemnización. La defensa pidió la absolución.

J.Q.P. sostuvo que no se llevó nada, que abandonó la vivienda voluntariamente unos 15 días antes del lanzamiento, que los muebles estaban deteriorados por usos previos y que él y su pareja compraron algunos enseres y pintaron y repararon la casa, aportando facturas y justificantes de pagos; también afirmó que el arrendador tenía llaves y que la denuncia obedecía a presión por rentas impagadas.

Frente a esta versión, el propietario afirmó que el mobiliario estaba en buen estado, que no autorizó a tirar nada y que la renta no se rebajó por mal estado del inmueble.

La magistrada otorga mayor credibilidad a este testimonio y a la documentación: contrato de arrendamiento amueblado con inventario firmado, diligencia de lanzamiento que refleja los faltantes y un informe pericial que fija en 6.742 euros la reposición.

El fallo destaca que las facturas aportadas por la defensa no acreditan destino a la vivienda y algunas son posteriores a la entrada en vigor del contrato e incluso posteriores al lanzamiento.

La resolución rechaza que la denuncia fuese un medio de presión, pues el arrendador podía ejecutar la sentencia civil de desahucio. Concluye que el acusado recibió legítimamente los bienes por el arrendamiento y dispuso de ellos sin restituirlos, con ánimo apropiatorio, desvirtuando la presunción de inocencia.

La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería.

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