Condenado por intentar robar en un supermercado de Almería y agredir al vigilante que lo sorprendió
La juez suspende la pena de prisión a condición de no delinquir en tres años y abonar la indemnización
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Un hombre ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión por un delito de robo con violencia en grado de tentativa y a un mes de multa por un delito leve de lesiones tras intentar robar en un supermercado de la Rambla de Belén de Almería y agredir al vigilante que lo sorprendió. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 5 ha acordado suspender la ejecución de la pena de cárcel siempre que no delinca de nuevo durante tres años y abone la indemnización fijada en sentencia.
Los hechos, reconocidos por el propio acusado, ocurrieron el pasado 21 de abril de 2025, sobre las 19:40 horas, en el supermercado Lidl ubicado en el número 58 de dicha calle. Según la resolución judicial, A.C.G., nacido en 1980 y sin antecedentes penales, ocultó entre sus ropas productos por valor de casi 110 euros con el objetivo de obtener un beneficio económico ilícito.
El vigilante de seguridad, que advirtió el intento de hurto cuando el acusado trataba de salir por una vía no habilitada para el público, le dio el alto y le pidió que devolviera los artículos y esperara a la llegada de la Policía. En ese momento, el condenado se abalanzó sobre él con la intención de agredirle y huir, provocando su caída al suelo y causándole diversas lesiones.
Cervicalgia, lumbalgia, contusiones y abrasiones son algunas de las dolencias sufridas por el vigilante, que necesitó atención médica y estuvo tres días impedido para sus actividades habituales. Finalmente, logró reducir y engrilletar al agresor, recuperándose además los productos sustraídos por el establecimiento.
Además de la condena penal, la magistrada ha impuesto al acusado el pago de una indemnización de 590 euros al vigilante por las lesiones causadas y le obliga a afrontar las costas procesales del juicio. En caso de impago de la multa mensual de 90 euros, se aplicará la correspondiente responsabilidad subsidiaria.
La sentencia es firme e irrecurrible, y el fallo fue ratificado por conformidad de las partes en el mismo acto del juicio. La jueza ha acordado también la puesta inmediata en libertad del acusado, que se encontraba en prisión provisional por esta causa, si no estuviera privado de libertad por otra.
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