Condenan a tres miembros de una asociación cannábica en Almería

Las condenas han sido confirmadas para todos ellos tras repetirse el juicio

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Fumador marihuana.
Fumador marihuana. / EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las condenas impuestas a tres personas por delitos contra la salud pública, asociación ilícita y, en el caso del primero, atentado contra agentes de la autoridad, al desestimar los recursos de apelación contra la sentencia dictada en un juicio repetido en la Audiencia de Almería.

Esta causa ya había sido anulada en marzo de 2023 por el propio TSJA, que ordenó repetir el juicio al considerar que el abogado del tesorero fue informado de su designación tan sólo tres días antes de la vista, lo que suponía que apenas tuvo tiempo material para preparar la defensa.

La sentencia ahora confirmada declara probado que los acusados constituyeron en septiembre de 2019 la asociación 'Cannábica 4.20 4 Life', con sede en Aguadulce (Roquetas de Mar, Almería), que actuaba como punto de distribución de marihuana y hachís a sus 116 socios.

La Sala sostiene que los tres acusados adquirían la droga en el mercado negro y la suministraban a los usuarios, que podían consumirla en el local o llevársela tras comprarla.

Según el fallo, la Guardia Civil realizó varios días de vigilancias en noviembre de 2019 y levantó siete actas a socios que salían del local con pequeñas cantidades de cannabis.

El 21 de ese mes se practicaron dos registros: en la sede principal, donde se intervinieron 759,9 gramos de cannabis y hachís, dinero en efectivo, básculas y documentación interna; y en un domicilio anexo, donde se hallaron 319,1 gramos de cannabis, sustancias como MDMA, LSD, DMT, psilocina y 2C-B, además de 502 euros.

Ataque canino a guardias civiles

La sentencia recoge que durante la entrada en la vivienda, uno de los procesados liberó a su perro de raza peligrosa después de colocarle un bozal, y le dio dos palmadas en el lomo para que atacara a los guardias civiles.

Dos agentes resultaron heridos: uno sufrió lesiones con 36 días de curación y secuelas cicatriciales; el otro, una contusión con 15 días de curación.

El TSJA rechaza todas las alegaciones de las defensas y descarta la nulidad de la entrada y registro al considerar que existían indicios suficientes y razona que no hubo vulneración del derecho de defensa en el segundo juicio, celebrado ya sin las deficiencias detectadas en 2023.

La Sala afirma que la valoración de la prueba de la Audiencia fue "lógica, racional y congruente", basada en testimonios policiales "coherentes y coincidentes" y en los informes periciales.

El tribunal también niega la tesis del "consumo compartido" al constatar que la asociación funcionaba como "una organización metódica y permanente" destinada a facilitar el consumo de terceros, con un número de socios elevado y sin control efectivo del acceso

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