El Consultivo tumba la negativa del Ayuntamiento a indemnizar a un menor accidentado en un carril bici
El padre del menor interpuso una reclamación por valor de 42.587,76 euros, aunque debe determinarse aún la cuantía a abonar
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El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido un dictamen desfavorable a la propuesta del Ayuntamiento de Almería, que pretendía eludir su responsabilidad patrimonial en el accidente de un menor que circulaba en patinete eléctrico. El órgano autonómico considera acreditado que la caída se produjo por la falta de limpieza en la vía y establece que la administración local debe responder ante el ciudadano, independientemente de que el servicio esté externalizado.
Los hechos se remontan al 25 de agosto de 2022. El padre del menor interpuso una reclamación por valor de 42.587,76 euros, alegando que su hijo perdió el control del patinete debido a la presencia de suciedad en el carril bici. Aunque la empresa de limpieza aseguró realizar un barrido diario, el atestado de la Policía Local fue determinante. Los agentes confirmaron la existencia de "una especie de costra formada por las semillas caídas de las hojas de los árboles" que, al estar mojada, hacía la zona "altamente resbaladiza".
La estrategia del Ayuntamiento consistía en derivar la reclamación a la jurisdicción civil, argumentando que la culpa era exclusiva de la concesionaria. No obstante, el Consultivo recuerda en su dictamen que esto constituye el "funcionamiento de un servicio público", una actividad propia del "giro o tráfico" de la Administración.
El texto jurídico subraya que la contratación externa "no afecta un ápice" a la naturaleza pública del servicio ni a la obligación del Ayuntamiento de responder ante los ciudadanos. El Consultivo advierte que aceptar la tesis municipal convertiría la responsabilidad patrimonial en una "institución obsoleta" dada la habitual externalización de servicios.
Finalmente, el órgano dictamina que existe una clara relación de causalidad entre el estado de la vía y el accidente. Por tanto, el Ayuntamiento deberá tramitar la indemnización, aunque posteriormente pueda exigir el pago a la empresa contratista si se verifica que el estado del carril se debió a un fallo en el riego o la limpieza.
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