Almería

Crean grupos de expertos para potenciar la figura del mediador familiar

  • El objetivo es llegar a acuerdos en conflictos familiares no violentos y evitar llegar a los tribunales

La Consejería de Salud y Familias ha anunciado la creación de grupos de expertos en mediación familiar en Almería y en el resto de provincias con el objetivo de llegar a acuerdos y evitar el procedimiento judicial. A esta medida se sumará la realización de jornadas formativas y pedagógicas dirigidas a las familias que se encuentren en situación de conflicto así como la accesibilidad desde la web de familias al registro de mediadores que ya existente en la provincia.

Estas nuevas medidas suponen un fuerte impulso a la actual figura del mediador “una herramienta gratuita a disposición de familias sin recursos que lo solicitan”, como así ha anunciado el consejero del ramo, Jesús Aguirre. “Desde la Consejería de Salud y Familias trabajamos constantemente por fomentar la mediación como mecanismo efectivo a la hora de resolver conflictos familiares evitando, en la medida de lo posible, la vía judicial”. “No hay que olvidar que el bienestar de la infancia y su protección deben ser siempre una prioridad institucional y debemos hacer todo lo posible por asegurarlo”, insiste Aguirre.

Proceso extrajudicial 

La mediación familiar, a efectos de la ley 1/2009, de 27 de febrero, se entiende, como un proceso extrajudicial para la gestión de conflictos no violentos que pudieran surgir entre los miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el citado conflicto, les asistan facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto. La finalidad del proceso de mediación familiar es, con carácter general, lograr que las partes en conflicto alcancen acuerdos equitativos, justos, estables y duraderos, contribuyendo a evitar, en su caso, la apertura de procedimientos judiciales o contribuir a la resolución de los ya iniciados.

Podrán ser objeto de mediación familiar casos como por ejemplo los procedimientos de nulidad matrimonial, separación y divorcio, así como cuestiones relativas al derecho de alimentos y cuidado de personas en situación de dependencia, de promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia; las relaciones de las personas menores de edad con sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, personas tutoras o guardadoras; el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela; los conflictos derivados del régimen de visitas y comunicación de los nietos y nietas con sus abuelos y abuelas; los conflictos surgidos entre la familia adoptante, el hijo adoptado y la familia biológica en la búsqueda de los orígenes; los conflictos surgidos entre la familia acogedora, la persona acogida y la familia biológica y la disolución de parejas de hecho.

Servicio gratuito

La mediación será gratuita para aquella parte que acredite tener reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita en relación con el mismo conflicto familiar para que se solicita la mediación, o bien que cumpla los requisitos económicos establecidos en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, según recoge la página web de la Junta de Andalucía.

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