Indemnización de 5.000 euros para la familia de un paciente que cayó de una camilla en un traslado desde El Toyo

El Consejo Consultivo rechaza los 170.000 euros que pedían los allegados al concluir que el accidente no causó la muerte, pero sí agravó el estado del enfermo antes de fallecer

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Ambulancia en urgencias de Torrecárdenas. / Javier Alonso

El Consejo Consultivo de Andalucía ha propuesto una indemnización de 5.000 euros para la viuda e hijas de un paciente del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que sufrió un accidente durante un transporte sanitario en Almería. El órgano fiscalizador reconoce la responsabilidad de la Administración en la caída, aunque descarta que este incidente fuera la causa directa del fallecimiento del enfermo semanas después.

Los hechos se remontan al 13 de septiembre de 2021. El paciente, un hombre con un cuadro clínico complejo que incluía demencia tipo Alzhéimer y patologías crónicas, acudió a las Urgencias del Hospital de El Toyo por dificultad respiratoria. Debido a su estado, se decidió su traslado al Hospital Universitario Torrecárdenas. Fue en ese momento, al ser introducido en la ambulancia, cuando la camilla volcó, provocando que el paciente cayera desde un metro y medio de altura.

A consecuencia del impacto, el hombre sufrió un traumatismo craneoencefálico con hemorragia intracraneal y contusiones, lo que obligó a los facultativos a interrumpir su tratamiento crónico con Sintrom. La familia presentó una reclamación patrimonial solicitando 170.000 euros, al entender que el accidente precipitó el deterioro irreversible que condujo a su muerte el 3 de octubre de 2021.

Sin embargo, el dictamen médico en el que se apoya el Consultivo señala que el fallecimiento se debió a complicaciones derivadas de infecciones respiratorias por broncoaspiración y un derrame pleural, patologías que ya presentaba o que se desarrollaron al margen del traumatismo. Los especialistas de Neurocirugía descartaron en tres ocasiones operar el hematoma craneal, al considerar que no era el responsable directo del desenlace fatal.

Pese a no conceder la indemnización solicitada por muerte, el Consultivo es tajante al afirmar que se produjo un funcionamiento deficiente del servicio sanitario, subrayando que es un accidente que "no debió ocurrir". El dictamen concluye que la caída "repercutió en la salud del paciente, que por mucho que ya estuviera deteriorada, la empeoró", justificando así el abono de 5.000 euros por el sufrimiento añadido en sus últimos días de vida.

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