Nueve meses de cárcel por agarrar por el cuello a su expareja para impedirle el paso delante de su hija
La Audiencia Provincial ratifica la condena al agresor, que causó un esguince cervical a la víctima tras una fuerte discusión en la puerta de una vivienda, y le impone el pago de 340 euros
Condenan al jefe de mantenimiento de Mario Park por la intoxicación de tres trabajadores
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha confirmado una pena de nueve meses de prisión para un hombre acusado de agredir a la que fuera su compañera sentimental durante un altercado en la puerta de un domicilio. El tribunal ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 4 de Almería, que condena al individuo por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer, desestimando los intentos de su defensa por invalidar el testimonio de la víctima.
Los hechos que han derivado en esta condena firme se produjeron la noche del 29 de octubre de 2024, sobre las 21:15 horas. La víctima, que había mantenido una relación sentimental de cinco años con el agresor, se personó en el exterior de la vivienda donde este se encontraba. Lo hizo acompañada de la hija menor de edad que ambos tienen en común.
Al encontrarse en la puerta del inmueble se desató una acalorada discusión. La tensión fue en aumento hasta que el hombre, con el firme propósito de bloquearle el paso e impedir que la mujer entrara a la casa, lanzó la mano a su cuello y la agarró violentamente, todo ello en presencia de la menor.
Secuelas cervicales y alejamiento
El forcejeo dejó secuelas físicas. El parte médico forense reflejó que la agresión provocó a la mujer una cervicalgia postraumática derivada de una severa contractura en el músculo trapecio izquierdo. Esta dolencia le limitaba la capacidad de girar el cuello hacia la derecha debido al intenso dolor (algia). La víctima necesitó asistencia médica y tardó siete días en recuperarse, dos de los cuales estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales.
El abogado del agresor intentó anular la condena inicial apelando a la presunción de inocencia, escudándose en que la sentencia se basaba únicamente en la palabra de la mujer. Los magistrados de la Audiencia han rechazado de plano esta estrategia, concluyendo que la valoración de las pruebas realizada por el juzgado fue impecable y que no existe margen para dudar de la realidad de la agresión.
Junto a los nueve meses de cárcel, el fallo impone al agresor la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio o de su lugar de trabajo durante tres años, el mismo tiempo en el que no podrá comunicarse con ella. Además, perderá definitivamente la licencia de armas y tendrá prohibida su tenencia y porte durante un trienio. Por último, deberá indemnizar a su expareja con 340 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños físicos sufridos.
También te puede interesar
Lo último