La nueva ordenanza de animales prohibe tener palomas en las viviendas

El Ayuntamiento multará también por palomares o aves de corral en zonas con vecinos colindantes

Tampoco estará permitido dar de comer a las palomas en la calle.
Redacción

19 de octubre 2017 - 02:32

La nueva ordenanza municipal sobre tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos, que el Ayuntamiento de Almería aprobará de forma inicial en el próximo Pleno, prohibe de forma expresa se prohiben las explotaciones de animales de producción (equinos, aves de corral, palomas, psitácidas, pequeños rumiantes), así como la cría doméstica de aves de corral, conejos, palomas en domicilios particulares, en suelo urbano, tanto si es en terrazas, azoteas o patios. Se prohibe y limita también tanto la tenencia de animales salvajes peligrosos (primates, reptiles insectos venenosos) como de especies invasoras o aplicar cualquier producto en la vía pública o fachadas que no esté autorizados para tal fin y que contengan sustancias para repeler a los animales y que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios, como es la práctica de verter azufre en la vía pública y en las esquinas de las fachadas de los edificios.

Es parte de los 41 artículos, recogidos a través de seis títulos en los que también se incluye el régimen sancionador. Las multas serán de entre 75 y 500 euros en el caso de infracciones leves como llevar al perro sin correa o bozal si su peso es superior a 20 kg o sin bozal; o de entre 500 a 2.000 euros, por infracción grave, por no vacunar a los animales, no procurarles las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, no procurarles de asistencia veterinaria o la posesión de animales no registrados ni identificados. Por último, podrán ser sancionados con entre 2.001 y 30.000 euros casos como el abandono de los animales o su maltrato.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último