Prisión para toda la red que transportaba a inmigrantes desde las pateras a varias provincias de España

Recogían a los migrantes en playas de Almería y los llevaban a Murcia, Alicante o Barcelona

Condenados en Almería dos patrones de una patera que se perdió en el camino con 13 personas a bordo

Una patera intervenida en Almería en una fotografía de archivo.
Una patera intervenida en Almería en una fotografía de archivo. / Diario de Almería
Efe

29 de octubre 2025 - 14:37

La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto penas de entre tres meses y tres años de prisión a una veintena de acusados por su participación en una red dedicada a recoger y trasladar a migrantes recién llegados en patera a las costas de Níjar.

Según la sentencia de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso EFE, el grupo organizaba traslados por carretera hacia Almería, Murcia, Alicante o Barcelona, con precios que llegaban a los 400 euros por persona.

La mayoría de los procesados ha reconocido los hechos y alcanzado acuerdos de conformidad con el Ministerio Fiscal, lo que ha permitido una importante rebaja de las penas.

El fallo declara probado que la red actuó entre mayo y octubre de 2019, con una estructura jerarquizada: los principales organizadores, H. O. y S. R., coordinaban los movimientos y recibían a los migrantes que lograban desembarcar en playas como San José, Las Negras o Agua Amarga.

Desde allí, distintos colaboradores se ocupaban de recogerlos en vehículos y trasladarlos a otras provincias, eludiendo los controles policiales.

Los magistrados consideran acreditado que ambos cabecillas cometieron un delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y los condenan a tres años de prisión, con las atenuantes de confesión y dilaciones indebidas.

Seis colaboradores —A. T., A. E. F., B. L., Y. O., B. E. H. y A. E. M.— han sido condenados a dos años de prisión cada uno por su participación sostenida en los traslados, , y otros nueve partícipes, con intervenciones puntuales o esporádicas, a penas de tres o cuatro meses.

Los dos acusados que optaron por no conformarse, R. B. y D. S., han sido juzgados y condenados a siete meses y medio y cinco meses de prisión, respectivamente. El tribunal descarta la continuidad delictiva en su caso al entender que su actividad fue única y sin interrupciones relevantes.

En todos los supuestos se impone además la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y el pago de las costas procesales.

La sentencia ordena igualmente el decomiso de 18.505 euros intervenidos a S. R., 515 euros a H. O. y 160 euros a K. A. E. H., además de doce vehículos utilizados en los desplazamientos.

La resolución es firme para los acusados que aceptaron los hechos, mientras que los no conformados podrán recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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