Reducen a cuatro años la pena de un hombre condenado por una agresión sexual en Retamar

Le suman una inhabilitación especial de nueve años para ejercer trabajos con menores

Atienden en medio año a 150 menores víctimas de violencia vicaria y de género en Almería

Audiencia provincial Almería.
Audiencia provincial Almería. / D.A

El Tribunal Supremo ha confirmado la reducción de seis a cuatro años de prisión de la condena a un hombre por una agresión sexual en 2013 en una zona aislada de la playa de Retamar (Almería), pero ha añadido una inhabilitación especial de nueve años para ejercer trabajos con contacto regular y directo con menores.

Los hechos ocurrieron en enero de 2013, cuando la víctima fue abordada al regresar a su domicilio y sometida a tocamientos y actos sexuales mediante violencia e intimidación, lo que le causó lesiones leves.

La Audiencia de Almería le impuso al agresor en 2017 seis años de cárcel, el mínimo legal entonces, junto a ocho años de prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, seis de libertad vigilada e indemnización de 30.000 euros.

Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, la defensa solicitó la revisión de la condena y la Audiencia redujo la pena a cuatro años, nuevo mínimo legal, ordenando su puesta en libertad por tiempo ya cumplido.

La Fiscalía recurrió en casación pidiendo mantener una pena más alta o, de forma subsidiaria, imponer la inhabilitación especial prevista en la nueva ley para empleos con menores.

El Supremo rechaza aplicar disposiciones transitorias de reformas penales anteriores y sostiene que debe aplicarse la ley más favorable en bloque, respetando el criterio inicial de imponer el mínimo legal.

Sin embargo, estima parcialmente el recurso y añade la inhabilitación para trabajos con menores durante cinco años más que la prisión, por lo que su duración total será de nueve años.

stats