El Supremo deniega revisar la principal pena del profesor condenado por abusar de menores

Según un auto del alto tribunal, no se han aportado hechos nuevos con la relevancia necesaria para modificar la sentencia firme

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Carlo Troiano acepta una pena de dos años de cárcel por abusar de la prima de la menor con la que tuvo una relación
Carlo Troiano acepta una pena de dos años de cárcel por abusar de la prima de la menor con la que tuvo una relación / M.M.
EFE

28 de julio 2025 - 13:28

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado autorizar el recurso de revisión solicitado por Carlo T., el profesor de origen británico con varias condenas por abusos sexuales, en este caso de la pena de once años y medio que se le impuso por los abusos cometidos sobre una alumna de 14 años con la que tuvo una relación.

Según un auto del alto tribunal, no se han aportado hechos nuevos con la relevancia necesaria para modificar la sentencia firme dictada en 2019 por la Audiencia de Almería, pues las dos resoluciones invocadas por la defensa del condenado no tienen incidencia sobre el núcleo de hechos probados en dicho fallo.

En su escrito, la defensa alegaba como hechos nuevos la absolución de la madre del penado en una causa por presunta obstrucción a la justicia relacionada con supuestas presiones a la víctima, así como una sentencia en la que el propio docente fue absuelto de acoso y obstrucción, aunque condenado por quebrantamiento de medida cautelar y coacciones leves.

El Supremo rechaza que dichas resoluciones puedan alterar la valoración de la prueba realizada en la sentencia condenatoria, que consideró acreditado el testimonio de la menor, con criterios de credibilidad y persistencia.

Añade que la revisión no puede utilizarse para cuestionar la declaración de la víctima salvo que se haya demostrado falsedad, circunstancia que no concurre en este caso.

El Ministerio Fiscal se opuso también a la autorización del recurso por entender que no existe novedad alguna ni hecho sobrevenido que justifique reabrir un proceso ya juzgado con sentencia firme.

“La pretensión de revisión no puede servir para abrir una nueva instancia sobre elementos ya valorados, salvo que se aporte prueba que, de haberse conocido, habría modificado de forma decisiva el fallo”, subraya la resolución, que invoca el equilibrio entre la seguridad jurídica y la necesidad excepcional de corregir errores judiciales cuando existan nuevos elementos de juicio.

La última condena de Carlo T. fue de un año de prisión por un delito contra la intimidad por fotografiar y grabar en vídeo a la víctima principal mientras mantenían relaciones sexuales.

También fue condenado a dos años y medio por abusar de la prima menor de la que fue su pareja, tras ofrecerle diversas bebidas alcohólicas, una pena que fue confirmada al no considerar la Audiencia de Almería que procediera aplicar la ley del ‘sólo sí es sí’.

De forma previa, el Tribunal Supremo ya había ratificado la pena de once años y medio de prisión del fallo original por iniciar con la víctima principal una "relación fingidamente amistosa, dándole un trato preferente" y mantener con ella “en numerosas veces relaciones sexuales".

El profesor también fue condenado a un año de prisión por un delito de coacciones, ya que viajó a Alemania para buscar a la menor con la que tuvo una relación, pese a no poder salir de España y tener prohibido aproximarse a ella.

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