Titular: El párroco de la Villa, nuevo juez Instructor del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de

José Rodríguez Bonilla también ejercerá de Promotor de Justicia

José Rodríguez Bonilla, en la Procesión de San Sebastián 2020 en la Villa de Níjar
T.F.

07 de febrero 2022 - 09:52

Texto: El Obispo de la Diócesis de Almería, Antonio Gómez Cantero, ha designado a José Rodríguez Bonilla, párroco de la Villa de Níjar y administrador de Huebro, como nuevo juez instructor del Tribunal Eclesiástico y Promotor de Justicia, dentro de la ronda de nombramiento de nuevos responsables para algunos de los puestos más determinantes del Tribunal Eclesiástico.

En diciembre de 2020, el Obispo de Almería, Adolfo González Montes, decidió renovar por un periodo de tres años más a los ocho miembros del Tribunal Eclesiástico, entre los que se encuentra José Rodríguez Bonilla. De 43 años de edad, ejerció su ministerio sacerdotal en el periodo comprendido entre 2007/2014 como párroco de La Anunciación, de Berja, y administrador parroquial de las parroquias adjuntas de Alcaudique, Benejí, Hirmes y San Roque. En agosto de 2014, Adolfo González Montes, le nombró párroco de Santa María, de la Villa de Níjar y administrador parroquial de la Parroquia de Santa María de Huebro.

Las atribuciones como juez instructor de Rodríguez Bonilla, quien cursa estudios de Derecho en Almería, pasan por dirigir el interprocesal canónico de una causa de nulidad "desde recoger las declaraciones de las partes y testigos, los plazos y tiempos del procedimiento". Mientras que como promotor de justicia es el encargado de abrir las diligencias oportunas cuando se produce una denuncia de abusos a menores y de llevarla por lo civil a la vía penal si observa indicios reales de delito. "Hasta el momento, en la Diócesis de Almería no se ha producido ningún caso", subraya a este periódico.

Los obispos nombran en cada diócesis un Vicario judicial con capacidad de juzgar. Además, según el canon 1421, debe nombrar jueces. De acuerdo con el canon 1420 el Vicario judicial -y el juez se entiende- forma un solo tribunal con el Obispo, quien “por derecho divino tiene potestad propia de juzgar en su diócesis”.

Además, el derecho prevé, en el canon 1425, que para ciertas causas deba nombrarse un tribunal colegiado con al menos tres jueces. Entre estas causas están las que se refieren al vínculo del matrimonio. La mayoría de causas tienen que ver con nulidades matrimoniales. El proceso para obtener la nulidad matrimonial era bastante complejo y costoso, pero tras la reforma del código de Derecho Canónico, los pasos se han agilizado y la duración media suele ser de un año, aunque puede variar en función de la relevancia del caso.

Foto: José Rodríguez Bonilla, en la Procesión de San Sebastián de 2020 en la Villa de Níjar

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