Multados dos vecinos de El Campillo por burlar la orden de alejamiento ante las cámaras de seguridad de la víctima
La Audiencia confirma la condena para la pareja, que arrojó basura y realizó gestos ofensivos hacia la vivienda colindante a la que tenían prohibido acercarse a menos de 50 metros
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado una condena penal contra dos residentes de la pedanía de El Campillo de Purchena por saltarse las medidas de protección dictadas a favor de su vecino. El tribunal ha confirmado una pena de 12 meses de multa (1.080 euros) para cada uno de los acusados, un hombre y una mujer, como autores de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, al considerar acreditado que se aproximaron a la propiedad del denunciante para hostigarlo.
El conflicto vecinal derivó en una orden judicial dictada en diciembre de 2022 que prohibía a los acusados acercarse a menos de 200 metros de la víctima y a menos de 50 metros de su finca. A pesar de tener pleno conocimiento de esta restricción, en marzo de 2023 decidieron ignorarla.
La sentencia detalla dos episodios concretos captados por el sistema de videovigilancia de la casa protegida. En el primero, la acusada fue grabada acercándose a la puerta de la finca para arrojar un cubo con residuos. Dos días después, fue el acusado quien se plantó en la entrada, manteniéndose allí varios minutos mientras realizaba gestos de burla y falta de respeto directamente hacia la cámara, desafiando así la prohibición.
La defensa alegó que estaban en su terreno
Los condenados recurrieron el fallo alegando que, al ser vecinos colindantes, se encontraban dentro de su propia propiedad y que no había pruebas de que hubieran rebasado el perímetro de seguridad de 50 metros. Sin embargo, la Audiencia ha desmontado esta coartada apoyándose en la declaración de la Guardia Civil.
Una agente que examinó las grabaciones testificó que se veía claramente a los acusados invadir la zona de exclusión, acercándose a la cámara para realizar los actos de molestia. El tribunal considera que estas imágenes y la actitud mostrada (tirar basura y gesticular) demuestran sin dudas el dolo o intención de quebrantar la orden judicial, confirmando así las multas y la condena en costas.
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