Tribunales

A prisión por violar al hijo con discapacidad de una amiga que lo dejaba a su cuidado

Audiencia provincial Almería.

Audiencia provincial Almería. / D.A

Una mujer ha sido condenada a una pena de cuatro años y siete meses de cárcel tras ser juzgada en la Audiencia Provincial de Almería por violar en Roquetas de Mar a un niño de 12 años con discapacidad, hijo de una amiga al que cuidaba cuando ésta no podía.

Los hechos por los ha sido condenada esta joven tuvieron lugar entre septiembre y finales de octubre de 2021, cuando la acusada acudía al domicilio de la madre de la víctima, de la que era amiga, cuando la progenitora tenía que ausentarse del hogar.

La investigada cuidaba de los hijos menores de dicha amiga, uno de los cuales padece un trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) y un trastorno del espectro autista (TDA), por lo que tiene reconocida una discapacidad del 42 %.

De acuerdo a la sentencia consultada por este periódico, cuando la hermana del menor dormía la siesta, la acusada “buscaba la intimidad” con él, y tocaba los genitales de la víctima, en cuyo nombre han ejercido la acusación particular los letrado Luis Manuel Flores Caparros y Blanca María Andreu Cruz, del despacho de abogados Flores & Andreu Abogados.

Así hasta que finalmente, el 26 de octubre de ese año, consiguió desnudarlo y lo agredió sexualmente, en un momento en el que tenía afectadas de forma “muy leve” sus capacidades intelictivas y volitivas por haber fumado hachís previamente.

El fallo también precisa que la acusada está diagnosticada de retraso mental ligero y tiene reconocido por la Junta de Andalucía un grado de discapacidad del 36 %, lo que de “forma muy leve mermo sus capacidades volitivas e intelectivas”.

Los magistrados subrayan que las acciones de la acusada han provocado en la víctima “situaciones emocionales, físicas y conductuales y sintomatología compatible con las mismas, recomendándose tratamiento psicológico especializado”.

Por estos hechos, la acusada ha sido condenada a cuatro años y siete meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual con penetración a menor de 16 años, por el que también se le impone una orden de alejamiento de 500 metros respecto a la víctima durante seis años.

Los magistrados también la inhabilitan para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda, o acogimiento durante cuatro años, y para ejercer cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 10 años.

Además, le imponen la medida de libertad vigilada durante cinco años a partir de su salida de la cárcel, y el pago de una indemnización al menor agredido de 10.000 euros.

En su fallo, los magistrados subrayan el “revelador testimonio” de la víctima, “por los detalles que contiene, por su coherencia y por entender que se corresponde con unos hechos realmente vividos”, y que fueron corroborados por los testimonios de su madre y de una amiga en común de la progenitora y la acusada.

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