Voluntad popular

Voluntad popular
Voluntad popular / Iván Gómez

Almería, 26 de julio 2025 - 17:03

La Constitución Española (CE) de 1978 sostiene, en su sucinto y excelso preámbulo, que la Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran -sublime declaración de intenciones-, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de, entre otros propósitos, consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Este presupuesto inspirador del texto constitucional daría para no pocas disquisiciones mayores, por su enjundia, o controversias menores en versión tertuliana, pues razones habrá para considerar si es fidedigno que el imperio de la ley -categórica determinación- resulta de la manifiesta voluntad popular, a partir de los modos y maneras en que esta se expresa. Todavía más si, como indica el artículo 6 de la CE, los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Así las cosas, la negativa expresada de manera tan gráfica, sobre las losas para pavimentar un espacio urbano, quizás rebaje la voluntad popular a un desacuerdo más o menos nimio, por comparación relativa, pero acaso también anuncie una disconformidad hecha pública sobre el objeto de la desavenencia para predisponer la voluntad popular.

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