Condenada por ocupar sin permiso una vivienda propiedad de un banco en la capital
La Audiencia Provincial confirma la sentencia que ordenaba el desalojo antes del 15 de agosto de 2024
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La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la condena a una mujer por un delito leve de usurpación de bien inmueble, tras ocupar sin autorización una vivienda propiedad de una entidad bancaria en la capital almeriense. La resolución rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa y ratifica la orden de desalojo, dictada en junio de 2024.
Según los hechos probados, la acusada entró en la vivienda sin violencia ni intimidación, sabiendo que no era de su propiedad ni contaba con el consentimiento de la titular registral. En su declaración reconoció que el inmueble “era del banco” y que sabía que la propietaria “quería que lo abandonara”.
El tribunal considera que se cumplen todos los requisitos del artículo 245.2 del Código Penal: ocupación sin título, falta de autorización expresa y conocimiento de la ajeneidad del bien. “La acusada era consciente de que no tenía derecho a residir allí”, concluye la sentencia.
En el mismo procedimiento fueron identificadas otras dos personas, pero resultaron absueltas al no acreditarse su responsabilidad penal. La jueza de primera instancia también ordenó dar traslado a los servicios sociales al constatar que en la vivienda habitaban menores.
La mujer fue condenada a una multa de tres meses con cuota diaria de dos euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. La Audiencia declara de oficio las costas de la apelación.
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