Condenados por tráfico de drogas en una finca con armas y plantaciones de marihuana en Almería
La Audiencia impone penas de hasta 4 años de prisión a tres personas por cultivo de marihuana y distribución de cocaína desde dos viviendas contiguas
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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas de entre tres años y medio y cuatro años de prisión a tres personas por tráfico de drogas en una finca de la capital en la que la Policía Nacional halló plantaciones de marihuana, cocaína, armas prohibidas, dinero en efectivo y utensilios de manipulación y pesaje. La sentencia, dictada el 5 de marzo de 2025 por la Sección Tercera de la Audiencia (SAP AL 206/2025), descarta la existencia de una organización conjunta entre los implicados y absuelve a todos ellos del delito de tenencia ilícita de armas.
El caso se remonta al 7 de junio de 2024, cuando los agentes de la Comisaría de Almería, en cumplimiento de una orden judicial, practicaron una entrada y registro en una finca situada en el extrarradio de la ciudad. En la parcela, compartida por dos viviendas con acceso independiente, residían los tres condenados.
En la primera vivienda, habitada por uno de los acusados, se hallaron 427 plantas de marihuana, cogollos, esquejes y una instalación completa de cultivo indoor, incluyendo 34 transformadores eléctricos, focos, bombillas, filtros, extractores y máquinas de aire acondicionado. El valor estimado de la droga superaba los 25.000 euros.
En la segunda vivienda, ocupada por los otros dos acusados, se intervinieron casi 170 gramos de cocaína con una pureza del 75,66 %, además de marihuana, balanzas de precisión, una balanza de frutería y más de 5.800 euros en efectivo, así como defensas eléctricas y una defensa extensible. También se encontró dinero fraccionado en un bolso dentro de un coche estacionado en la finca.
El tribunal considera acreditado que los residentes en ambas casas se dedicaban con habitualidad, al menos desde marzo de 2024, a la venta y distribución de droga a terceros, aunque no se constató una actuación concertada ni se formuló acusación por pertenencia a grupo criminal. Tampoco quedó probado que uno de los acusados tuviera relación con la cocaína encontrada en el otro inmueble.
La sentencia impone a los dos implicados en el tráfico de cocaína una condena de 4 años de prisión y 20.000 euros de multa, y al tercero, responsable del cultivo masivo de marihuana, una pena de 3 años y 6 meses de prisión y multa de 40.000 euros. En todos los casos, se contempla el decomiso de la droga, el dinero y los objetos intervenidos, pero no del vehículo registrado a nombre de un familiar no implicado.
En cuanto a las armas prohibidas (defensas eléctricas y extensibles), la Sala concluye que, aunque estaban en condiciones de funcionamiento, no se usaron ni existía intención acreditada de hacerlo, por lo que la conducta no reviste gravedad penal y deberá dirimirse, en su caso, por la vía administrativa.
El fallo rechaza la aplicación del subtipo atenuado por escasa entidad de los hechos y tampoco aprecia atenuante de drogadicción, al constar que uno de los acusados estaba “abstinente” desde años atrás. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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