Laboral

Adra abre una bolsa para cubrir los puestos de socorristas en las playas

  • El proceso de selección constará de tres pruebas: práctica, méritos y entrevista personal

Socorristas del Ayuntamiento de Adra en una foto de archivo.

Socorristas del Ayuntamiento de Adra en una foto de archivo. / Diario de Almería

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Adra ha dado luz verde a la aprobación de las bases reguladoras para la constitución de la bolsa de empleo para los puestos de socorristas de playas y así garantizar la seguridad de bañistas en las dos próximas épocas estivales. Con la constitución de esta bolsa, el Consistorio continúa fomentando el empleo en el municipio, además de completar la plantilla municipal con personal laboral temporal.

Como fijan las bases, la modalidad contractual será “en régimen de duración determinada y, preferentemente a jornada completa, no obstante por necesidades del servicio se podrán realizar a tiempo parcial, en horario de mañana y tarde, incluidos sábados, domingos y festivos”.

El proceso selectivo es eliminatorio y consistirá en la realización de dos pruebas prácticas relacionadas con primeros auxilios y salvamento acuático; una valoración de méritos; y una entrevista curricular. Las bases estarán disponibles para su consulta en la página web del Ayuntamiento de Adra, www.adra.es, una vez sean publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Los interesados en aspirar a esta bolsa de empleo deberán estar en posesión de la nacionalidad española o tener conocimientos de la lengua castellana de nivel C2, que se deberá acreditar mediante certificado oficial. Además es requisito fundamental el tener cumplidos los 18 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

Igualmente es necesario estar en posesión, como mínimo, del Certificado de Escolaridad o equivalente y tener la titulación válida para el desarrollo de actividades de Salvamento y Socorrismo Acuático expedido por organismo competente o entidad privada cualificada, antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Por último, es imprescindible poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira, así como no padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las correspondientes funciones ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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