Adra

Las familias numerosas recibirán una bonificación en el recibo del agua y el IBI

  • El Ayuntamiento ha acordado el aumento del 25% al 50% el próximo año para poder paliar la situación de crisis

El Ayuntamiento de Adra ha acordado establecer un aumento en la bonificación en el recibo del agua y el IBI para aquellas familias numerosas de la ciudad que cuenta con recursos económicos escasos. Éste se aplicará el próximo año y vendrá a formar parte de las medidas que el consistorio está poniendo en marcha dentro de sus políticas sociales para poder paliar la crisis que en la actualidad sufre el país. La bonificación, que se aplicará en el tramo IV de la tasa del agua y en el IBI, pasará a ser del veinticinco al cincuenta por ciento.

Los interesados en acogerse a este tipo de bonificación deberán de dirigirse a la concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Adra para solicitar dicho abono, el cual sólo se concederá a aquellas personas titulares del carné de familia numerosa que convivan en la misma vivienda y siempre y cuando no superen dos veces y medio el salario interprofesional. Sólo estos casos accederán a una bonificación del 50% de las tarifas del bloque IV de consumo doméstico del agua. Asimismo desde la concejalía de Hacienda se recuerda que sigue vigente la bonificación para aquellas personas con escasos recursos económicos.

Respecto al impuesto del IBI Urbano, la concejalía de Hacienda explica que tendrán derecho a una bonificación del 50% aquellos abderitanos que soliciten ésta y que ostente la condición de famita numerosa cuando se den los dos siguientes supuestos: que la unidad familiar tenga ingresos brutos anuales inferiores a tres veces al salario mínimo interprofesional fijada para cada año natural y que el inmueble sea residencia habitual.

La bonificación del IBI Urbano deberá ser solicitada a finales de año, teniendo que ir la solicitud acompañada de la fotocopia del documento acreditativo de la titularidad del bien inmueble, el certificado de Familia Numerosa, y la fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre la Renta, excepto en los supuestos en los que el sujeto no esté obligado.

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