Caso de los ere

Anticorrupción recurre el auto de Bolaños que diseña un plan para enjuiciar seis primeras piezas

  • La Fiscalía no se opone a la propuesta de división de la macrocausa pero sí a la decisión de esperar a "futuros pronunciamientos" de la Audiencia.

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso de apelación contra el auto de la juez María Núñez Bolaños en el que la instructora de los ERE diseñó un plan para enjuiciar seis primeras piezas en el menor tiempo posible. En su recurso, la Fiscalía aclara que comparte con la magistrada la decisión de formar las seis piezas separadas, pero entiende que hay una serie de cuestiones de tipo técnico que deben ser corregidas y sobre las que debe pronunciarse la Audiencia de Sevilla

La Fiscalía, que ha recurrido parcialmente el auto del 30 de julio pasado, se opone a la decisión de la magistrada de “esperar a futuros pronunciamientos” de la Audiencia Provincial porque, según sostiene, la formación de piezas debe de responder a la “situación objetiva del avance de la instrucción del hecho investigado y la prioridad que se debe dar es únicamente aquella derivada de la antigüedad a efectos de prescripción, así como el impulso de aquellas piezas en las que además se hallen imputados que tengan adoptadas y vigentes medidas cautelares tanto de naturaleza personal como real y sin ninguna limitación temporal a la espera de futuros pronunciamientos”. Es decir, se opone al plan piloto que diseñó la juez y que vinculaba el resto de formación de piezas al resultado de los primeros juicios y las correspondientes sentencias.

La Fiscalía también aprecia “deficiencias en la concreción de cuáles sean los hechos investigados y quiénes sus responsables, pues la resolución que se recurre no delimita subjetivamente cada una de las piezas ni recoge en su narración de hechos aquellos que, bien de forma directa, bien por remisión, se recogen” en el escrito de Anticorrupción sobre en relación a las piezas de “procedimiento específico” y las “sobrecomisiones”. Los fiscales delegados explican que muchos de los responsables “ya han sido recogidos en autos de imputación y de adopción de medidas cautelares si bien entendemos que, aun descritos con concisión, deben de recogerse con amplitud y claridad en garantía de los derechos de las partes y no generar una confusión sobre los hechos objeto de investigación de cada pieza y quienes sean las personas en cada pieza investigadas, según la nueva terminología de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

La Fiscalía también ha recurrido el “modo de articular la unión de futuros atestados a las actuaciones”, ya que la magistrada indica que distintos atestados que “vayan llegando, se irán incoando directamente diligencias previas”, mientras que respecto de los atestados que ya estén unidos a las actuaciones, se instruirían dentro de las diligencias previas presentes. “Entendemos que tal decisión, en cuanto a los atestados nuevos, es errónea, pues en consonancia con el contenido de nuestros escritos, la articulación de la formación de piezas, y máxime tras el dictado de este nuevo auto, debe hacerse siempre desde el seno de las presentes diligencias, esto es, una vez unido a la presente causa el nuevo atestado, se valorará si debe formar parte sólo o en unión de otros de una pieza separada de enjuiciamiento, y ello además mediante el dictado en estas previas, en donde recordemos están todas las partes personadas, del oportuno auto de incoación de la pieza separada con delimitación subjetiva y objetiva de la litis”.

El pasado 9 de noviembre, la juez María Núñez Bolaños rediseñó la división en piezas de los ERE dejando como pieza matriz la causa originaria que se abrió en el año 2011, de ayudas sociolaborales y directas, y desgajando de este sumario principal otras seis piezas con las que se comienza a trabajar, dándoles una tramitación preferente con el fin de que puedan ser enjuiciadas al menor tiempo posible.

La juez dictó un auto en el que aclara su anterior resolución del 30 de julio –en la que acordó la división de los ERE-, al estimar que resulta “evidente” que esa resolución adolece del defecto señalado por las partes “al faltar el diseño de hechos a investigar y enjuiciar en cada pieza”.

La nueva división fijó seis piezas que versarán sobre el denominado “procedimiento específico” por el que se concedían las ayudas; las sobrecomisiones pagadas en las pólizas de prejubilaciones; las de las ayudas concedidas a las empresas Acyco, Surcolor-Surcolor Óptica, Cenforpre, y la sexta pieza estará integrada por las ayudas concedidas al entramado de sociedades vinculadas a los empresarios José María Sayago y José Enrique Rosendo de la Sierra Norte de Sevilla.

La experiencia piloto que Bolaños puso en marcha con esta división de la macrocausa parte del hecho de que “resulta prioritario agilizar” el procedimiento, que está ya finalizado para algunas de las ayudas investigadas. En el auto, contra el que Bolaños explica que no cabe recurso alguno –sí puede recurrirse el auto original que ahora completa y aclara, que dictó el 30 de julio- la juez precisa que a partir de ahora se procederá a “concluir las piezas cuya división se acuerda y proceder a su enjuiciamiento”. Y una vez que se cuente con la “sentencia de la Audiencia”, resolverá sobre el dinero del “resto de las piezas, ayudas sociolaborales o directas en atención al contenido de las sentencias  que se dicten por la Audiencia Provincial y estado de la instrucción”, insiste la magistrada, que añade que todo ello se producirá sin perjuicio de “continuar con la instrucción del resto de ayudas” en la causa matriz o en su correspondiente pieza separada que se cree.

De hecho, la parte dispositiva del auto acordaba la división en estas primeras seis piezas, “desgajándose en un futuro nuevas piezas para su enjuiciamiento cuyo diseño se realizará en atención al contenido de las sentencias que se dicten por la Audiencia y el estado de la instrucción”.

La juez señala que “la envergadura y complejidad de la causa que se pretende dividir hace imposible un diseño apriorístico de todas y cada una de las piezas”, ya que hay más de 150 ayudas directas a empresas o ayudas sociolaborales que “ni tan siquiera se hallan en fase judicial”, es decir, que están bajo investigación de la Guardia Civil todavía.

En este sentido, el auto indica que la división de la causa tiene como “único objetivo la posibilidad de enjuiciamiento de los hechos que se han venido investigando durante cinco años en una instrucción que por su volumen y complejidad resulta imposible de enjuiciar en un solo acto. La única posibilidad real y efectiva de ir concluyendo la instrucción es mediante la división de la misma", asevera la magistrada.

La juez valora los posibles efectos indeseables de la división de la causa planteados por algunas defensas, entre ellos que un único imputado sea llevado a más de 200 juicios, aunque considera que esos efectos son pueden evitarse mediante el enjuiciamiento del delito continuado o, frente a la posible "exasperación punitiva" que del enjuiciamiento por separado de cada una de las ayudas directas o sociolaborales puede suponer para las partes, mediante la aplicación de instrumentos diferentes.

Siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, María Núñez Bolaños apunta que, para no vulnerar el principio de culpabilidad por el hecho y proporcionalidad, existe la posibilidad de moderar la pena en el segundo proceso, “lo cual puede realizarse bien descontando de la pena impuesta en el segundo proceso la pena ya impuesta en el primero”, o bien a que “la suma de las penas impuestas en las sentencias condenatorias no supere el marco penal abstracto correspondiente al hecho delictivo”.

Las seis piezas acordadas se han seleccionado buscando la máxima casuística posible de lo instruido y atendiendo al estado en el que se encuentra la instrucción de las mismas.

La primera pieza -relativa al denominado procedimiento específico- se centra en los hechos sobre la “participación activa y consciente en el diseño y puesta en marcha del denominado procedimiento específico en todas sus variantes”, con las importantes consecuencias que se deriven de los informes elaborados por la Intervención General de la Junta de Andalucía en el seno del control financiero permanente del IFA/IDEA.

La segunda pieza, acerca de las sobrecomisiones, se centra en los hechos relativos a la determinación de la prima de la póliza pagada por la Junta y porcentaje de comisión ilícita, bien de forma directa o bien indirecta, y luego a su reparto presuntamente ilícito.

La tercera pieza, de las ayudas concedidas al tándem Rosendo-Sayago, se refiere a las subvenciones otorgadas al entramado societario vinculado a los dos empresarios, que recibieron ayudas por importe de 34 millones euros, y en el que muchas de sus empresas “carecían de actividad y trabajadores, siendo su objeto real la percepción de ayudas de la Junta de Andalucía y el trasvase de sus fondos a otras sociedades interpuestas”. En el auto se incluyen, por ejemplo las ayudas concedidas a las empresas Marco de Estudios y Proyección Siglo XXI, donde Bolaños precisa que “de los escasos trabajadores que tuvo esta empresa, uno o dos al mismo tiempo, estuvo empleada la hija del consejero de Empleo Sonia Viera”, que percibió 48.189,45 euros por 13 meses de contrato como “supuesta responsable de comunicación del grupo” y también Jesús Caballos, hijo del presidente de la Junta rectora del Parque Natural de la Sierra Norte que “en ocho meses como director de marketing cobró 34.892,49 euros”.

La cuarta pieza, sobre Cenforpre, incluye los hechos relativos a la suscripción de pólizas para el ex futbolista de Osasuna, Athletic de Bilbao y Atlético de Madrid José Antonio Gómez Romón, Pizo Gómez, quien percibió una póliza del denominado fondo de reptiles de 491.424,43 euros por unos cursos de formación en materia de prevención de riesgos laborales.

La quinta pieza, Surcolor y Surcolor Óptica, sobre las ayudas concedidas en un inicio por el que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Javier Guerrero, a través de la mediadora de seguros Vitalia a trabajadores de la empresa Surcolor, en la que fueron incluidas como intrusas dos personas del entorno del ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas. Una de ellas es José Manuel López Espadas, esposo de una concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Camas (Sevilla), y la otra José Antonio Márquez, concuñado de Antonio Rivas.

La sexta pieza, Acyco, se refiere a los hechos sobre la concesión de la ayuda laboral del ERE a esta empresa, los que accedieron al pago, y los que la percibieron ilícitamente. La juez Mercedes Alaya atribuyó en su día a la ex presidenta de Aceitunas y Conservas (Acyco) Encarnación Poto, militante del PSOE y del sindicato UGT, haber cobrado una póliza de prejubilación pese a que siguió trabajando y de consentir la inclusión de dos intrusos en el ERE de la empresa, el ex alcalde del PSOE de San Nicolás del Puerto (Sevilla) Domingo Martínez Castillo, ya fallecido, y del vecino de El Pedroso (Sevilla) Andrés Carrasco Muñoz, que regentaba un kiosco de churros y que también está imputado en la causa.

Bolaños precisa en el auto que en todas las piezas serán enjuiciados todos aquellos que de forma activa y consciente participaron en la gestión y concesión de ayudas desde todos los ámbitos administrativos o privados, o se beneficiaron ilícitamente de las mismas. Sin perjuicio de continuar con la instrucción del resto de ayudas en la matriz o en su correspondiente pieza, en un futuro se desgajarán nuevas piezas para su enjuiciamiento cuyo diseño se realizará en atención al contenido de las sentencias que se dicten por la Audiencia Provincial de Sevilla y estado de la instrucción.

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