Finanzas

La Junta habilita un formulario para que las instalaciones de autoconsumo puedan acceder a la compensación de excedentes

  • La Agencia Andaluza de la Energía ha elaborado una guía para cumplimentarlo de forma correcta, ya disponible en su página web y en la de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Debe ser completado por el titular de la instalación o el instalador.

Debe ser completado por el titular de la instalación o el instalador.

La Junta de Andalucía ha puesto a disposición de la ciudadanía un formulario on line para que todas las instalaciones en autoconsumo en funcionamiento puedan completar datos como el CUPS (Código Universal del Punto de Suministro) o la modalidad de autoconsumo para poder optar a la compensación de excedentes por la energía producida.

De esta forma, se adapta al Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, y al protocolo de intercambio de información entre comunidades autónomas y distribuidoras publicado por la CNMC en noviembre de 2019.

La Administración autonómica ha publicado en BOJA la Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el formulario de comunicación de instalaciones existentes de autoconsumo de conformidad al citado Real Decreto, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Este formulario debe completarse para aquellas instalaciones en autoconsumo individual en baja tensión en Andalucía que se hayan dado de alta para su legalización en el aplicativo PUES de la Junta de Andalucía (obligatorio para aquellas instalaciones de menos de 100kW a las que les es de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión) con fecha anterior al 27 de febrero de 2020 y no hayan incluido los datos de CUPS y de la modalidad de autoconsumo. Así, en términos generales, se encuentran en esta situación todas las instalaciones legalizadas entre octubre de 2015 y octubre de 2019, así como algunas de las legalizadas entre octubre de 2019 y febrero de 2020.

El formulario tiene que ser completado por el titular de la instalación, el instalador de la misma o los representantes de ambos, respectivamente -previa justificación-, debiendo introducir los datos que definan las nuevas modalidades de autoconsumo: sin excedentes o con excedentes. Además, se debe identificar el CUPS del consumidor asociado al autoconsumo para modificar los contratos de acceso con la empresa distribuidora y, en el caso de instalaciones en la modalidad “con excedentes acogidas a compensación”, poder así acceder al mecanismo de compensación de energía siempre que cumplan los requisitos exigidos por esta regulación.

Una vez cumplimentada esta información, la Junta de Andalucía remite automáticamente a la empresa distribuidora los datos requeridos en el aplicativo PUES para la legalización de la instalación quedando reflejado en el contrato de acceso. A partir de este momento, si se ha elegido la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación, cada usuario tramitará directamente con su comercializadora la compensación de los excedentes

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