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Qué está prohibido hacer mientras circulas en patinete

Los patinetes eléctricos cuentan desde enero de 2021 con su propia normativa como vehículos

Los patinetes eléctricos cuentan desde enero de 2021 con su propia normativa como vehículos

La proliferación de patinetes eléctricos en áreas urbanas ha obligado a la Dirección General de Tráfico, DGT, a modificar la normativa vigente, siendo revisada y actualizada de manera constante desde hace menos de un año. Al aumentar el crecimiento de estos vehículos eléctricos también aumentan los accidentes donde se ven involucrados por lo que el sentido común es primordial encima de estos patinetes.

Cabe destacar que, además de la normativa y legislación de la DGT, cada Comunidad Autónoma puede disponer de normativa específica en torno a estos vehículos, como es el caso de la Comunidad de Madrid, por lo que es recomendable acudir tanto a la Dirección General de Tráfico como a la de la Comunidad Autónoma pertinente. 

Normas en 2021

La DGT ha introducido numerosas  así como la introducción del Real Decreto 970/2020 sobre VMP, patinetes y monociclos eléctricos, el cual se encuentra en vigor desde el 2 de enero de 2021. De hecho, estos vehículos ya cuentan con categoría propia en el Reglamento General de Circulación con sus derechos y obligaciones. 

Una de las directrices para estos vehículos gira en torno a la velocidad máxima permitida, establecida en 25 km/h. El incumplimiento de esta norma puede acarrear sanciones de 500 euros así como la inmovilización del vehículo. También se deberá mostrar la ficha técnica del vehículo donde se encuentra la conformidad CE. Este etiquetado es el que garantiza que el patinete cumple las normas de fabricación y seguridad establecidas por la Unión.

Además, no se podrá circular con estos vehículos eléctricos por las aceras o zonas reservadas para peatones, así como por vías interurbanas, travesías, túneles urbanos, autovías o autopistas. Desde la última reforma de septiembre queda prohibido circular sin casco en todo tipo de patinetes eléctricos. Hasta ahora, esta protección tan solo era obligatoria para los patinetes de tipo B y personas menores de 16 años.

También hay que tener en cuenta que en ciudades como Benidorm o Barcelona es estrictamente necesaria la contratación de un seguro para la circulación con este vehículo, por ello es tan importante consultar la normativa vigente en cuanto a patinetes eléctricos de cada comunidad. De hecho, las previsiones apuntan a que más ciudades irán incluyendo este seguro obligatorio para patinetes en sus legislaciones. 

De igual modo se prohíbe la circulación en estos vehículos si previamente ha habido un consumo de alcohol así como con auriculares puestos. La Dirección General de Tráfico también ha incluido la prohibición de transportar a más de una persona, dado que hablamos de vehículos uniplaza. Además, se estima que de aquí a un plazo de dos años, la DGT incluirá la obligatoriedad de contar de un certificado de circulación para poder utilizar estos VMP.  

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