Tribunales

Absuelven a dos hermanos que insultaron a su tío en redes por su orientación

  • Aunque "ciertamente ofensivos", los insultos no alcanzaron "la gravedad para apreciar en los hechos el ataque a la dignidad del afectado"

Ciudad de la Justicia de Almería.

Ciudad de la Justicia de Almería.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha absuelto a dos hermanos acusados de un delito contra los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución después de que publicaran en su perfil de Facebook insultos contra su tío tanto por su orientación sexual como por su enfermedad, que según la Fiscalía "no eran públicas ni conocidas en su entorno familiar".

El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, considera que los hechos enjuiciados no son constitutivos de un delito de odio, por el que la Fiscalía pedía 18 meses de prisión para cada uno de los acusados así como siete años de inhabilitación para ejercer la docencia, al entender que los mensajes se insertan en el "contexto de una relaciones familiares deterioradas".

Aunque "ciertamente ofensivos", los insultos no alcanzaron "la gravedad para apreciar en los hechos el ataque a la dignidad del afectado por su pertenencia al colectivo gay o a las personas afectadas por el VIH", señala la magistrada, quien ve probado que las expresiones ofensivas no se realizaron "con motivo discriminatorio por razón de orientación sexual y enfermedad, ni con la intención de hacerlo público en el pueblo".

A pesar del lenguaje "desacertado por explícito" y "desafiante" que emplearon los acusados al subir sus mensajes a la red social, la titular del juzgado incide en que los propios testigos reconocieron las malas relaciones previas que había entre los familiares, entre los que se creó un "clima de hostilidad" por "cuestiones económicas y de una herencia", lo que conllevó a "reproches mutuos".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios