Tribuna

Antonio Montero Alcaide

Los catálogos “nacionales” de la FP

Los catálogos “nacionales” de la FP

Los catálogos “nacionales” de la FP

El Sistema de Formación Profesional, que se regula mediante una ley orgánica promulgada hace más de un año (Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo), pretende establecer un régimen, único e integrado, que reúna la formación y el acompañamiento profesionales con la perspectiva del desarrollo económico, la diversidad y flexibilidad de ofertas e intereses y la necesidad de procesos permanentes de cualificación profesional. Este declarado propósito, que debería librarse del insuficiente, aunque pomposo, efecto de la grandilocuencia, precisa de distintos elementos, a modo de catálogos y de registros estatales, que faciliten la gestión del Sistema de Formación Profesional.

Puesto que son referencia destacada en la constitución y naturaleza de tal Sistema, resulta de interés un acercamiento a tales catálogos, como elementos integrantes del Sistema de Formación Profesional, que presente sus aspectos más significativos. El primero de ellos es el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, identificados estos últimos en el sistema productivo, a partir de las competencias profesionales y los estándares de calidad que se requieren para el ejercicio profesional. Tales estándares de competencias profesionales son susceptibles, por ello, de reconocimiento y acreditación; de modo que, en el catálogo, se detallan y pormenorizan, por niveles y familias profesionales, con los correspondientes indicadores de calidad en el desempeño.

Otro catálogo ordena los módulos profesionales de formación profesional asociados a cada uno de los estándares de competencias profesionales: el Catálogo Modular de Formación Profesional. Esos módulos –a modo de materias o asignaturas– se diseñan para identificar y precisar la formación asociada a cada estándar de competencia. Y son de especial interés los resultados de aprendizaje, vinculados a los elementos de cada estándar de competencia profesional, y los criterios de evaluación que permiten valorar los antedichos resultados de aprendizaje.

El Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional, por su parte, es otro instrumento del Sistema Nacional de Formación Profesional que incluye todas las ofertas de formación profesional reconocidas y acreditables en el marco del propio sistema. Por tanto, este catálogo determina el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, el acceso al empleo y asimismo la participación activa en la vida social, cultural y económica. Igualmente, el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional acredita, de manera oficial, las competencias profesionales que adquieren las personas y se derivan del anteriormente referido Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. Esta catalogada configuración de las ofertas de Formación Profesional permite, además, la coordinación y la fijación de las propias ofertas formativas. De resultas, tales ofertas deben atender variadas necesidades de cualificación, tanto del alumnado en formación como de las personas ocupadas o desempleadas, a fin de adquirir o adecuar las competencias profesionales requeridas por el sistema productivo y facilitar la incorporación o la reincorporación al mercado laboral. El carácter de la oferta, ante la diversidad de intereses y condiciones de desarrollo por parte de los destinatarios, ha de configurarse de manera modular y acumulable, con variados itinerarios de formación que permitan un progreso flexible; así como acreditaciones, certificados y titulaciones de reconocimiento estatal y, cuando resulte factible, europeo. De ahí otra condición relevante para configurar las ofertas de Formación Profesional: estar referidas al Marco Español y al Marco Europeo de Cualificaciones Profesionales.

La vinculación e interdependencia entre los tres catálogos anteriores resulta apreciable, ya que las ofertas formativas, incluidas en el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional, se diseñan a partir de los módulos profesionales asociados a cada estándar de competencia en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. Y tales módulos, por otra parte, están reunidos en el Catálogo Modular de Formación Profesional.

Puede constatarse asimismo el expreso carácter “nacional” que se atribuye a los catálogos expuestos y las directas posibilidades que ofrecen, dada su constitución, naturaleza y efectos, para la homologación del Sistema de Formación Profesional. De forma que, con las debidas adecuaciones, parecido proceso de unificación resulte especialmente necesario en la ordenación de otras etapas, no solo la Formación Profesional, del sistema educativo. Ya que las “enseñanzas mínimas” y los procesos de desarrollo curricular de esas otras etapas conducen no pocas veces a la constitución, de hecho, de distintos sistemas educativos, sin una adecuada ordenación “nacional” como la que pretenden establecer los catálogos que se integran en el Sistema de Formación Profesional.

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