Níjar

Se modifica la tasa por ocupación y uso de bienes de dominio público en Níjar

  • El Plenario aprueba hoy la modificación provisional de la ordenanza, incluida en el Plan de Recuperación Social y Económica Local

Se modifica la  tasa por ocupación y uso de bienes de dominio público en Níjar

Se modifica la tasa por ocupación y uso de bienes de dominio público en Níjar

El Ayuntamiento de Níjar aprobará, de una forma provisional, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación y uso de bienes de dominio público local, en el transcurso de la sesión plenaria de carácter ordinaria convocada para la matinal de hoy.

La alcaldesa de los nijareños, Esperanza Pérez Felices, ha convocado a los otros 20 miembros de la corporación a las 10:00 horas para dar comienzo a la sesión en su primera convocatoria.

La modificación saldrá adelante con la mayoría absoluta del grupo municipal socialista, con 11 de los 21 corporativos, y lo hará en ejecución de las medidas contempladas en el Plan de Recuperación social y económica dle municipio y de sus tejido empresarial y comercial de este ejercicio 2021.

El Ayuntamiento ha sometido a modificación la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación y uso de bienes de dominio público local, después de abrir un plazo de audiencia e información publico a los ciudadanos afectados y recabar aportaciones adicionales que puedan hacerse por otras personas y entidades.

La modificación se encuentra entre las medidas contenidas en el Plan de Recuperación Social y Económica del municipio y de su tejido empresarial y comercial que fue aprobada en la sesión plenaria del mes de marzo. El consistorio ha consignado una partida de 200.000 euros, con cargo a su propios fondos, para asumir estas ayudas directas.

Así, se extiende a este ejercicio 2021, las previsiones contenidas en la Disposición Adicional Primera de esta ordenanza fiscal, que establece una cuota tributaria de “cero” euros, en el concepto de mesas y sillas para las ocupaciones de bienes de uso público local afectas a una actividad económica destinada a ocio, hostelería y/o comercio, así como a cualquier otro uso que se desarrolle en un establecimiento comercial .abierto al público.

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