Gestión tributaria

Entran en vigor las nuevas ordenanzas sobre precios públicos y licencias de Roquetas de Mar

  • Los dos textos normativos se están aplicando desde el 1 de diciembre, una vez que fueron aprobados en Pleno y superado sin alegaciones el periodo de exposición pública

Antonio López, concejal de Gestión Tributaria de Roquetas de Mar.

Antonio López, concejal de Gestión Tributaria de Roquetas de Mar. / D. A.

Ya se ha culminado el proceso de la actualización y renovación de dos de las ordenanzas municipales de ámbito fiscal o que afectan a éste que está acometiendo la Delegación de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de la mano del concejal Antonio López. El objetivo de estos cambios aprobados en Pleno no es otro que incrementar la transparencia y seguridad jurídica de los contribuyentes.

Así, la Ordenanza General reguladora de los Precios Públicos y la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la tramitación de licencias urbanísticas, que fueron aprobadas de forma provisional en sesión plenaria el pasado 14 de septiembre, han entrado ya en vigor con la llegada del mes de diciembre, después de superar el proceso de exposición pública y no haber recibido alegaciones ni reclamaciones ninguno de los dos textos.

El concejal de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, Antonio López, subraya la importancia de ambas pata el conjunto de los ciudadanos del municipio roquetero. Sobre la primera de ellas, Ordenanza General reguladora de los Precios Públicos, proporciona un marco normativo genérico a las ordenanzas existentes de precios públicos por actividades de ocio, tiempo libre y deportivas, así como la ordenanza de precio de la Escuela de Música y las ordenanzas que puedan elaborarse en un futuro reguladoras de precios públicos en el ámbito del municipio roquetero.

“El Ayuntamiento de Roquetas de Mar está siendo en este sentido pionero en el territorio andaluz”, refleja el responsable del área municipal de Gestión Tributaria, quien añade que el Consistorio roquetero es “una de las pocas administraciones que cuentan con esta ordenanza general”.

El texto señala como objeto de precio público la prestación de servicios o realización de actividades de la competencia de esta entidad local efectuadas en régimen de derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

En cuanto a la segunda, la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la tramitación de licencias urbanísticas, el objeto es, tal como reza el texto, la actividad municipal, tanto técnica como administrativa, prestada por el Ayuntamiento, tendente a verificar el otorgamiento de las licencias y autorizaciones de edificación y uso del suelo a que se refiere la legislación urbanística vigente con las previsiones establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana de Roquetas de Mar (PGOU), que hayan de realizarse en el término municipal. De igual forma, las actividades de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.

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