Vivienda

Menos juicios y desahucios por okupación, pero más delitos y detenidos que nunca en Almería

Menos juicios y desahucios por okupación, pero más infracciones y detenidos que nunca en Almería

Menos juicios y desahucios por okupación, pero más infracciones y detenidos que nunca en Almería

La okupación de casas es una práctica vinculada a un movimiento social radical, de ahí que se escriba con "k" como reflejo de su voluntad de transgresión de las normas, pero también un alternativa habitacional para las familias sin apenas recursos económicos. La nueva ley de Vivienda aprobada a mediados del pasado año no patrocina este comportamiento ilícito, pero sí incluye algunas enmiendas para frenar los desahucios, compensando a los arrendadores, cuando se dan una serie de factores como la vulnerabilidad extrema de los okupas o que el propietario ostente la condición de gran tenedor de inmuebles. Mientras se avanza en la lenta aplicación de la norma, el Gobierno ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2024 las medidas especiales para proteger a los colectivos más sensibles, un escudo social que se articuló como respuesta a la pandemia del coronavirus con el que se vienen frenando y retrasando los lanzamientos.

Los decretos del covid y la percepción social de la nueva normativa ya están teniendo su impacto en la realidad que enfrentan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en Almería, pero todavía no ha llegado al ámbito de la jurisprudencia que no reconoce el delito de okupación como tal y lo articula en torno a dos infracciones independientes relacionadas con la invasión del patrimonio: el allanamiento de morada, que hoy es prácticamente residual, y la usurpación de la vivienda que representa un 95% de los casos. Ya ocurrió con la crisis económica y el estallido de la burbuja inmobiliaria que no colapsaría los juzgados almerienses de procedimientos por impago y okupación hasta años más tarde alcanzando la cifra más alta de desahucios de la historia de en 2015 con 6.670.

Los juicios verbales y las ejecuciones hipotecarias han caído a mínimos históricos en los últimos años en Almería, si bien en el último lustro las infracciones penales detectadas por Policía Nacional y Guardia Civil en la provincia presentan sus registros más elevados de lo que va de siglo. Así lo constata la estadística facilitada a este periódico por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior que contabiliza 305 infracciones en 2022 y 2021 y superó en el primer año de la pandemia los 200 detenidos e investigados por los dos delitos que contempla el Código Penal para las entradas ilegales en propiedades ajenas. A falta de consolidar el dato del último año del que sólo reflejan el cómputo de los tres primeros trimestres, la estadística de la okupación en Almería muestra un crecimiento exponencial de las infracciones penales que pasarían de 36 en 2002 a 71 en 2012 y 305 en 2022.

Agentes de la Policía Local supervisan el corte de suministros a viviendas okupadas Agentes de la Policía Local supervisan el corte de suministros a viviendas okupadas

Agentes de la Policía Local supervisan el corte de suministros a viviendas okupadas

Entre enero y septiembre de 2023 fueron denunciados 222 delitos en la provincia. El número de detenidos e investigados por usurpaciones y allanamientos también ha experimentado un incremento notable pasando de 15 en 2002 a 31 en 2012 y 250 en 2022. Esta última es la cifra más alta de la serie histórica al contabilizar el Ministerio del Interior en los nueve primeros meses del último ejercicio un total de 127 arrestados y expedientados por vulnerar el derecho de propiedad y okupar viviendas, mayoritariamente desocupadas. Bajo el término ocupación de viviendas se establece el allanamiento de morada (artículo 202), un delito grave penado con entre seis meses y dos años de cárcel y si se realiza con violencia entre uno y cuatro años; y la usurpación (artículo 245) que es delito leve y no implica penas de prisión con entre tres y seis meses de multa. La clave a la hora de determinar si es allanamiento o usurpación está en el concepto de “morada”.

El allanamiento se produce cuando alguien irrumpe en la residencia habitual o una segunda vivienda con algún tipo de actividad que se pueda acreditar y apenas representa un 5% de las ocupaciones ilegales de los últimos años en nuestro país. Fuentes judiciales consultadas por este periódico indican que el desalojo de estos inmuebles es muy rápido y los agentes de la Policía Nacional y Guardia Civil no precisan de orden judicial si se está produciendo un delito flagrante como lo sería una entrada ilegal. Tienen un protocolo que establece su actuación urgente y perentoria en el caso de allanamiento con el desalojo de inmuebles en base al ordenamiento jurídico siempre que haya denuncia del morador.

También actúan en el caso de las usurpaciones de casas, si bien en estos casos en los que no son morada no se puede proceder sin orden de desalojo previa salvo en el momento en el que se comete el delito si se produce con violencia e intimidación. Un fenómeno creciente es el de la inquiokupación que no es allanamiento ni usurpación porque el denunciado ha entrado de manera legal en el inmueble y el problema se presenta cuando deja de pagar al arrendador. En esos casos se inicia un conflicto legal para el desalojo que puede conllevar años de tramitación que se unen a los daños y gastos que puedan generar las personas que ocupan estos inmuebles.

65 juicios verbales iniciados en 2023

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha facilitado a Diario de Almería los datos de juicios verbales iniciados y resultados por ocupación de viviendas en Almería en los últimos cinco años. Según el informe de la Sección de Estadística Judicial del CGPJ, en la provincia se contabilizan 65 nuevos juicios civiles ingresados en el pasado ejercicio, 69 en 2022, 82 en 2021, 62 en 2020 y 85 en 2019. Teniendo en cuenta la parálisis de la instrucción de nuevas causas del primer año de la pandemia, el último ejercicio ha sido el de menor actividad y pone de manifiesto el retroceso de los procedimientos judiciales que se articulan por ocupación de viviendas. Este parámetro no discrimina entre los tipos penales de allanamiento de morada y de usurpación del derecho de uso de un inmueble y se refiere a las viviendas cuyos propietarios son personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o poseedoras de vivienda social que se manejan en los juzgados de primera instancia. La estadística excluye a los pisos de las empresas o sociedades que no sean personas físicas como bancos, constructoras o financieras.

LA EVOLUCIÓN DE LOS JUICIOS VERBALES RESUELTOS POR OkUPACIÓN EN ALMERÍA ES LA SIGUIENTE: 55 EN 2019, 34 EN 2020, 85 EN 2021, 83 EN 2022 Y 58 EN 2023

En el conjunto de España los juicios ingresados por ocupación ilegal de viviendas, un procedimiento sumario que se plantea para retener o recobrar la legítima posesión sobre un bien, pasando de 2.785 en 2022 a 2.261 en 2023, lo que representa una disminución del 18,8 %. Por comunidades, el mayor numero de procedimientos el pasado año se registraron en Andalucía (424), Cataluña (445), Comunidad Valenciana (379) y en cuarto lugar en la Comunidad de Madrid (215). Nada que ver con Cantabria con 7 y Navarra con 3. En cuanto a los juicios verbales resueltos por los juzgados almerienses, la estadística del Consejo General del Poder Judicial recoge la siguiente evolución: 58 en 2023, 83 en 2022, 85 en 2021, 34 en 2020 y 55 en 2019.

Ejecuciones hipotecarias en mínimos históricos

La otra estadística que ha actualizado recientemente el INE es la de ejecuciones hipotecarias de fincas urbanas y rústicas que se inician e inscriben en los Registros de la Propiedad como consecuencia del impago de las cuotas del préstamo establecido, normalmente a una entidad bancaria. No todos los procesos de ejecución de hipoteca terminan con el lanzamiento de los propietarios, una diligencia específica por la que se desaloja al ocupante del inmueble, porque si se marchan de forma voluntaria no es necesario ejecutar el desahucio. El número de ejecuciones hipotecarias ha caído en la provincia a mínimos históricos y, según los datos del INE, en el pasado año se registraron 695. En la última década no había estado ningún año por debajo del millar. El descenso es de un 40% en relación a 2022 cuando se iniciaron 1.168 ejecuciones hipotecarias y roza el 90% sobre el ejercicio en el que se alcanzó el récord con 6.670 en 2015. Desde ese momento no han dejado de reducirse la cifra de ejecuciones en una tendencia a la baja que sólo tuvo un repunte en 2019 con 3.017. Al año siguiente fueron 1.747 y 1.278 en 2021.

Las ejecuciones hipotecarias disminuyen un 90% en relación a 2015 que fue el año con mayor actividad

La mayoría de las ejecuciones hipotecarias de Almería se corresponden con vivienda usada. De los procesos de embargo contra 492 inmuebles iniciados en 2023, 439 eran vivienda de segunda mano y 53 de nueva construcción y 376 eran personas físicas y 116 jurídicas. Las causas por impago son mayoritariamente hacia personas físicas, si bien hay ejercicios en los que se da una importante proporción en personas jurídicas. A nivel nacional, durante 2023 se iniciaron 19.270 ejecuciones hipotecarias, un 26,7% menos que en 2022. 18.397 afectaron a fincas urbanas y 873 a rústicas. El número de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas habituales se sitúo en 9.248, cifra un 21% inferior a la del ejercicio anterior y la más baja desde 2020. El periodo comprendido sobre 2005 y 2008 concentró el 49,8% de las ejecuciones hipotecarias que se iniciaron en España en el último año.

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