Almería

¿Puedes ir con tu mascota al Ayuntamiento de Almería, a un bar o en autobús?

  • En vigor la nueva ordenanza municipal de bienestar animal en la que el Consistorio se declara  ‘dog friendly’

Un niño espera con su perro al autobús en una parada de Sevilla

Un niño espera con su perro al autobús en una parada de Sevilla / Juan Carlos Muñoz

Los propietarios de animales podrán ir hacer gestiones al Ayuntamiento de Almería sin tener que dejar en su casa a su mascota o atada en la calle. El Consistorio capitalino se ha declarado ‘dog friendly’ y abrirá dependencias públicas, pendientes de determinar, a la entrada de perros. Esta es más que una declaración de intenciones, ya que es una de las novedades de la nueva ordenanza municipal sobre protección, bienestar y tenencia de animales de compañía, que moderniza el reconocimiento de los derechos de los animales como “seres sintientes”, atendiendo así a los tratados europeos.

La capital almeriense estrena este mes de octubre la nueva ordenanza de bienestar animal, cumplimentada la tramitación administrativa después de que fuera aprobada de forma unánime el pasado 26 de agosto con los últimos retoques y añadidos procedentes de 123 alegaciones, en su mayoría de protectoras de animales y particulares. Uno de los cambios introducidos en su articulado –ya en vigor–, es que el Ayuntamiento facilitará el acceso a parte de sus edificios públicos y dependencias administrativas a los animales de compañía, señalizando debidamente para ello los lugares y horarios que paulatinamente se vayan habilitando. El Ayuntamiento, según reza el punto 3 del artículo 15, condiciona este acceso al cumplimiento de las normas de uso e higiene que establezca.

Los primeros espacios que abrirán sus puertas a las mascotas son los registros municipales, donde el Ayuntamiento, según ha explicado la concejal de Sostenibilidad Ambiental, Margarita Cobos, tiene constatado que es uno de los servicios más utilizados y, al mismo tiempo, con visitas de corta duración. “Si vas al registro a por un papel, tenemos que acostumbrarnos a ver con naturalidad que los propietarios entren con sus perros. Nos parece, además, inseguro que los animales se queden esperando en la puerta con riesgo a que sean robados”, comenta.

¿Pero qué pasa si el propietario de un perro, por ejemplo, después de hacer una gestión en el Ayuntamiento quiere ir con su mascota a una pastelería o a comprar el pan? Los ‘mandaíllos’ se complican. Hay una normativa estatal que condiciona este artículo 15 de la ordenanza municipal que regula el acceso a los establecimiento públicos.

La normativa del Ministerio de Sanidad establece que los perros no pueden acceder a los locales comerciales donde se elabore comida, se venda o se almacene. Es decir, que en toda España no hay excepciones para que los perros puedan entrar en locales donde se manipule o vendan alimentos, a no ser que sean perros de asistencia u guía de personas con discapacidades visuales. Nada de centros comerciales, ni mercados, ni pequeñas tiendas de alimentación. Tampoco instalaciones deportivas o espectáculos públicos.

Los locales de restauración no están bajo la normativa estatal, sino local, y son por tanto son los municipios los que deben legislar acerca de en qué situaciones un perro puede acceder a un bar o restaurante y cuándo no.

El Ayuntamiento de Almería ha optado por prohibir de forma general la entrada de animales de compañía en los establecimientos dedicados a la hostelería, si bien, añade acto seguido, “los propietarios de los hoteles, restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros establecimientos públicos en los que se consuman bebidas y comidas, podrán determinar las condiciones específicas de admisión, previa autorización del órgano competente”. Es decir, pueden ejercer el derecho de admisión. En el caso de admitir la entrada de animales, deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento. En Málaga es justo al contrario. Son los que no autorizan, los que deben tener a la vista este distintivo, entendiendo que la generalidad es la entrada permitida.

El Ayuntamiento de Almería deja también a criterio de los propietarios el permiso de acceso de los animales de compañía en “establecimientos de alojamiento, hoteles y pensiones”.

¿Pueden los perros o gatos subir a los autobuses urbanos o a un taxi?

La nueva ordenanza también regula el acceso a los transportes públicos en su artículo 13 del que han desaparecido concreciones anteriores al texto definitivo como el tamaño de los transportines. La ordenanza ha quedado de la siguiente manera y dice: “El acceso de los animales de compañía es permitido bajo las condiciones del reglamento municipal correspondiente. No obstante –añade–, los poseedores de animales de compañía podrán acceder con éstos a los transportes públicos cuando existan espacios especialmente habilitados y deberán acreditar que los animales reúnen las condiciones higiénico-sanitarias y las medidas de seguridad que se determinen”.

La autoridad municipal se reserva restricciones horarias, mientras da libertad a los taxistas para permitir a estos pasajeros de cuatro patas.

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