Tribunales

Condenan a la pareja de la alcaldesa de Rioja por amenazar a un edil

Ayuntamiento de Rioja.

Ayuntamiento de Rioja. / Diario de Almería

Un juez de Almería ha condenado a la pareja de la alcaldesa de Rioja por amenazar a un edil de este municipio, al que no podrá aproximarse durante cuatro meses al haberle sido impuesta una orden de alejamiento.

La sentencia declara probados unos hechos que tuvieron lugar sobre las 13:20 horas del pasado 25 de julio en las dependencias de la Jefatura de la Policía Local de Rioja, ubicadas frente al Ayuntamiento de la localidad.

Dentro de las mismas se produjo un incidente entre un concejal y el acusado, pareja sentimental de la alcaldesa del municipio, quien recriminaba alterado al edil “algunos comentarios que se habían vertido respecto de su persona”.

Así, se produjo una discusión “acalorada” en la que el procesado manifestó a la víctima: “Sinvergüenza, te tengo que pillar solo por la calle, te tengo que pegar una paliza, no te pego aquí porque estamos en el Ayuntamiento”.

Según el fallo, el concejal negó haber difundido los datos que el acusado le recriminaba, a lo que éste habría respondido: “Yo lo tengo todo perdido, te llevo por delante, ándate con ojo que te tengo que pillar solo”.

Tras esto, dio un “fuerte golpe en la pared” por lo que tuvo que ser calmado por la Policía Local.

Sin embargo, no ha quedado acreditado que durante toda esta disputa el acusado agarrase del brazo y de la camiseta al edil.

La sentencia indica que el acusado “reconoció el altercado e incluso haber dicho palabras con tono intimidatorio, si bien no dirigidas hacia el denunciante”, aunque el juez no ve creíble que “en ese estado de alteración, tras la recriminación al denunciante, hiciera advertencias no dirigidas al mismo”.

Por estos hechos el procesado ha sido condenado por un delito leve de amenazas al pago de una multa de un mes, a razón de seis euros al día, por el que además se le impone la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros al concejal durante cuatro meses.

Por otro lado, ha resultado absuelto del delito leve de maltrato por el que había sido acusado. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Almería.

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