Crónicas desde la ciudad

Feria fallida. Concesión regia (II)

  • Entre las razones expuestas por el Municipio para su concesión primaron las económicas y de solazamiento del vecindario, abundancia de pastor y géneros varios y el ser cabeza de Partido

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Archivo municipal.

Archivo municipal. / D.A. (Almería)

Corría septiembre de 1806 cuando en el capítulo inicial quedábamos a la espera de que la Cámara de Castilla diese repuesta –favorable o no- a la solicitud cursada por el Concejo municipal para la celebración de una Feria de ganados y mercaderías en general, a celebrar anualmente en la 2ª quincena del mes de agosto; fechas en las que los labradores ya se hallaban desembarazados de sus labores y el ganado disponía de agua suficiente en pilones dispuestos a extramuros. El marqués de Aigremont presidía el Consistorio, con ediles de acrisolado apellido entre la burguesía local: Estrada, Cano, Puche, Perceval (“si a Almería vas / Dios te libre de las tres “pes”: / Pérez, Puche y Perceval”, rezaba un dicho popular). 

A título de curiosidad, Andrés Doucet, regidor perpetuo era antecesor –en su rama adinerada- de Mª del Mar Doucet, casada con el cantaor Rojo el Alpargatero, ídolo de la afición almeriense, de La Unión y Cartagena. Y de Carmencita, hermana menor de Mª del Mar, bailaora/bailarina que figura en los anales cinematográficos como la primera mujer en ser filmada –danzando- en una película en movimiento. Documento grabado en Estados Unidos por Thomas A. Edison en 1894.

Más argumentos 

Muy Poderoso Señor. La ciudad de Almería, sus Diputados y Síndico Personero, con la sumisión debida a Vuestra Alteza, dice: que con motivo de haberse trasladado la solemnidad que desde siglos a esta parte se ha tributado en el día primero de Enero a la milagrosa Imagen de María Santísima, con el título del Mar, a la Dominica antecedente del veinticinco de Agosto, declarándola su Santidad principalísima persona de esta Ciudad y concediendo para el referido tiempo varias gracias, jubileos e indulgencias, meditó sobre lo útil que podría ser el establecimiento de Feria, principiando en cada día diez y ocho de dicho mes de Agosto de todos los años y concluyendo en el veinte y dos del mismo, porque reflexionando sobre la buena animación que presenta este Pueblo, pastos abundantes, tráfico, concurrencia de géneros; y lo que es más: una Ciudad que como cabeza de Partido tiene Magistrado respetable, Administrador de todas las rentas, subalternos, dependientes y crecido número de tropas, que sin gastos de la Real Hacienda pone cobro a los derechos pertenecientes a su Majestad, y que esto no se consigue en otras Ferias de pueblos pequeños sin dispendio de Reales intereses. 

La petición del Concejo municipal de una Feria en el mes de agosto fue atendida con celeridad

Petición concedida 

Si aceptamos que las cosas de palacio van despacio, aquí la burocracia palatina anduvo con celeridad: solo un año bastó para que Carlos IV estampara su firma en el preceptivo documento. A tal prontitud no fueron ajenas las tasas e impuestos que hubieron de ingresar al Erario público en forma de reales de vellón, la entonces moneda de curso legal: 104 reales por los tres registros efectuados; más otros 600 pagaderos a la Contaduría General de Consolidación de Vales. 

Feria, concesión. Firmas Feria, concesión. Firmas

Feria, concesión. Firmas / D.A. (Almería)

Además del factor económico, se promocionaba al Comercio, daba facilidades a los agricultores y ganaderos, festejos populares para divertimiento de la población y regocijo entre los devotos de la Virgen del Mar. De la proclamación municipal como patrona de Almería, Huércal, Viator y sus arrabales daré cuenta en el siguiente capítulo. Digamos por último que ya en el Censo de Soler de 1803 se demandaba la necesidad –cambiando el mes- de una Feria por ocho días que principiara el 23 de julio. Igualmente, con el oportuno trueque de fechas minimizaron los efectos negativos que podían ocasionarse a las cercanas de Tabernas y Huécija. 

En consecuencia, la Corona se dirige a la Ciudad en los siguientes términos y redacción administrativa un tanto farragosa: 

“Muy Poderoso Señor Marqués de Aigremont, Antonio María Puche, Francisco de Estrada, Juan Angel Percebal y Cano. Por la Muy Noble y Leal Ciudad de Almería: Nicolás Josep Pérez, Escribano. Enterado el nuestro Consejo de dicha representación y testimonio, mandó en decreto del mismo día siete de Noviembre que el nuestro Intendente de la Provincia de Granada, oyendo intensivamente sobre su contenido a la expresada Ciudad de Almería, y demás pueblos que pudieren (tener) interés en el asunto, y tomando las noticias que estimase de las Ferias y mercados que se celebran en los inmediatos a aquel, informase al nuestro Consejo lo que hubiese, se le ofreciera y pareciera; expresando si de concederse a dicha ciudad de Almería la gracia que solicitaba podía seguirse algún inconveniente o perjuicio a los Pueblos de sus cercanías; con lo demás que fuese digno de la noticia de nuestro Consejo. Habiendo librado este fin el correspondiente Despacho, luego que se presentó al citado inconveniente, ejecutó los particulares que se le encargaron en él, y con su informe de cuatro de Abril de este año, remitió las diligencias originales que había practicado en el ¡¡¡; las que unidas con el expediente, de su cuenta de todo al nuestro Consejo, y con presencia de lo que expuso el nuestro Fiscal, manifestó a Nuestra Real Persona su dictamen en Conclusión del viernes catorce de agosto próximo, y por Nuestra Real resolución dada a ella, conforme al parecer del nuestro Consejo, publicada en dos del presente mes, se acordó expedir esta nuestra Carta:

La Cámara de Castilla concedió en 1807 cinco días feriados destinados mercado agropecuario

Por la cual concedemos a la Ciudad de Almería, para que sin incurrir en pena alguna, pueda celebrar, y celebre, una Feria en los días veinte y dos, veinte y tres, veinte y cuatro, veinte y cinco y veinte y seis de Agosto de cada año entendiéndose sin exención de nuestros Reales Derechos, y pagando lo señalado en la tarifa: que así es nuestra Voluntad; y que de esta nuestra Carta se tome razón en la Contaduría General de la Comisión gubernativa de Consolidación de Reales por la que se expresará la cantidad que se hubiese satisfecho por esta Gracia, sin cuya formalidad ha de ser nula de ningún valor ni efecto. Dada en Madrid a veinte y cinco de Septiembre de mil ochocientos siete”. (Seguidamente se reflejan distintas firmas de los miembros del Consejo Municipal, escribiente y secretario. Encabezando el pliego figura el sello de Carlos IV).

Las actas municipales de 1808 -ejercicio siguiente a la concesión- no indican que se celebrase tal Feria, aunque sí actos religiosos en el interior de la catedral, templo mayor en el que por aquel entonces se hallaba depositada la imagen de la Virgen del Mar. A partir de ahora Almería y Andalucía amanecen con la amenaza de las tropas francesas de ocupación, estacionadas ya en localidades en Jaén, lo que motivó que se formasen Juntas de Defensa y creasen milicias urbanas (dependientes de Granada) en cada pueblo y en la capital, presidida por Dalmacio Alpuente y Bartolomé Amphoux con rango de gobernador Militar. Los peores augurios se cumplieron y el ejército gabacho mandado por el general Liger Belair hizo su entrada por la Puerta de Belén (cabecera de la calle Granada) en la tarde del 15 de marzo de 1810. Hasta un lustro después no volvimos a tener más noticias sobre feria y fiestas.

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