El callejón del gato

Una sentencia de Diego Alarcón

En base a ella pude emitir informes favorables para que conservaran la pensión quienes más la necesitaban

Alo largo de más de cuarenta años trabajando en la Administración Pública, durante un tiempo ocupé la plaza de Jefe del Departamento Jurídico en la delegación de Asuntos Sociales. Uno de mis cometidos era emitir el informe preceptivo en relación con el derecho a percibir una pensión no contributiva previsto para las personas que, no habiendo cotizado, careciesen de recursos. Dentro de esta modalidad, la ley establece dos tipos de pensiones: Jubilación e invalidez. Con respecto a los informes relativos a la jubilación no había problema ya que la edad es un dato objetivo que no admite interpretaciones. Distintos eran los casos de invalidez que según lo establecido en la ley se requería una minusvalía o invalidez en grado igual o superior al 65%, cuya valoración correspondía al dictamen de un médico, en base al cual yo tenía que emitir el informe del que dependía el derecho a la pensión. La valoración de la discapacidad era revisable y se daba el caso que enfermos con un diagnóstico uno dos grados inferiores a lo establecido, aplicando la ley a rajatabla, perdían el derecho a pensión para volverlo a recuperar cuando, pasado un tiempo, agravaba su enfermedad y se disponían a solicitarla de nuevo. Tales casos eran frecuentes y suponían un problema de conciencia tanto para mí como para Luis López, entonces delegado por el PSOE, que personas con una enfermedad vulnerable y sin posibilidad de encontrar otro medio de vida, perdieran la pequeña pensión. Revisando expedientes de mis antecesores el informe jurídico se limitaba a un simple escrito negando el derecho a pensión en cuanto el grado de invalidez era inferior al 65%, aunque lo estuviera rozando. Había que analizar las circunstancias en cada caso y, sobre todo, encontrar un fundamento jurídico para aplicarlo en aquellos supuestos que considerábamos que era justo el mantenimiento de la pensión. Buscando en la Jurisprudencia encontré una sentencia del Juzgado de lo Social cuyo titular era Diego Alarcón dando la razón al demandante que reclamaba el derecho a mantener una pensión que le había sido denegada. El argumento se basaba en que volvería a tener un grado de invalidez del 65% en el momento que careciese de medios. En el patio de la UNED, donde nos solíamos ver, le comenté a Diego los efectos que produjo su sentencia, que hoy quiero recordar en su memoria. En base a ella pude emitir informes favorables para que conservaran la pensión quienes más la necesitaban.

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