Tribunales

Confirman una pena de cinco años de prisión para el patrón de una patera que partió de Argelia con siete sirios a bordo

Sede del TSJA en Granada.

Sede del TSJA en Granada. / EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cinco años de prisión impuesta a un magrebí condenado por patronear una patera que fue interceptada con siete personas de origen sirio a bordo.

La sentencia ratifica en todos sus términos la de la Sección Tercera de la Audiencia de Almería, que declaró probado que con anterioridad al 23 de julio de 2022 el acusado concertó con otras personas no identificadas el transporte clandestino hasta España de varios sirios, a cambio de entre 6.000 y 6.500 euros por ocupante.

Así, sobre las 03:00 horas del citado día, partieron desde una playa de Ain El Turk, en la costa argelina, en una embarcación neumática de 5 metros de eslora, con motor inferior a los 90 Cv, con 8 personas a bordo incluido el acusado, que era el encargado de llevar la dirección de la patera, la brújula y el GPS en todo momento.

"La embarcación que pilotaba el acusado no reunía las condiciones requeridas para dicho transporte, ni por sus características técnicas ni por el número de ocupantes, no estando capacitada por ende, para realizar trayectos de esta naturaleza que superan las 85 millas, que comporta varias horas de duración, ni para soportar viento, oleaje u otras circunstancias adversas como las que se produjeron. No estaba dotada de equipo de salvamento como chalecos salvavidas para todos los ocupantes, balsas salvavidas, aros salvavidas ni de señales de socorro como bengalas aptas para su uso, ni balizas de señalamiento", señala el fallo.

Añade a esto que el acusado no acreditó poseer titulación ni autorización administrativa necesaria para el manejo de embarcaciones de ningún tipo. Por otro lado, y dada la naturaleza del trayecto, éste requirió llevar combustible para el repostaje in situ (unas 8 garrafas) con el "consiguiente riesgo de deflagración y/ocombustión, sin que se acreditase la existencia de extintores u otros medios análogos para dicho fin".

Finalmente, la embarcación quedó a la deriva, sin agua o comida a bordo, por lo que sus ocupantes tuvieron que ser rescatados a unas 28 millas de la costa de Almería por Salvamento Marítimo en la tarde del 24 de julio.

Por estos hechos, el acusado fue condenado por la Audiencia a cinco años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, la misma que ahora ha sido confirmada al desestimar el recurso de apelación interpuesto por su abogado.

El TSJA afirma ahora que "en este caso concurren circunstancias especiales que no dejan lugar a dudas de que el acusado puso en concreto peligro la vida y la integridad de las víctimas, al abrirse durante la navegación una grieta en el casco de la nave y quedar la misma a la deriva, teniendo que ser recatada poruna embarcación de Salvamento Marítimo, sin que el hecho de que él mismo decidiera someterse a las mismas vicisitudes y ausencia de medidas de seguridad que los pasajeros de la embarcación sirva para eximirle de responsabilidad, pues cada persona es libre de asumir sus propios riesgos, pero cuando los impone a terceros acepta las consecuencias penales que puedan derivarse de su acción".

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