Estando casi ya en el ecuador del plazo para presentar la declaración de la renta, un antiguo mutualista y letrado, me sugiere que ponga en sobre aviso a aquellas personas que en su momento empezaron a cotizar en las mutualidades que existían para cada uno de los gremios, antes de su integración a la Seguridad Social el 1 de enero de 1979. Esta acción puede afectar a muchísimos pensionistas que cotizaron antes del 31 de diciembre de 1978.

Se trata de la posibilidad de que se puede solicitar a la AEAT la devolución del IRPF pagado de más en los ejercicios fiscales desde 2019, según la sentencia del Tribunal Supremo TS47/2004 y que la AEAT ha reconocido como Ajustes por Mutualidades – DT2º LIRDF. Esta solicitud de devolución puede representar cantidades muy importantes para los pensionistas, en especial los que comenzaron a cotizar en los años cincuenta y sesenta. Afecta, pues, a la población más vulnerable y desprotegida digitalmente, que probablemente no tiene información concreta de este ajuste.

Aún está a tiempo de ser informado por un profesional y mejor si esta colegiado. De nada… para eso estamos.

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